Entrada en España de Parejas Extranjeras de Comunitarios no Casadas y no Registradas

entrada a España parejas extranjeras no casadas

¡Buenas noticias! El Ministerio de Asuntos Exteriores en colaboración con el Ministerio del Interior en España han aprobado una nueva medida que beneficiará a muchos extranjeros. A partir de ahora se les permite la entrada a España a todas aquellas parejas extranjeras de españoles o ciudadanos comunitarios que todavía no están casadas ni registradas. En este artículo te enseñamos qué documentos deben aportar exactamente y cuál es el procedimiento legal a seguir paso a paso.

¿En qué consiste esta nueva medida? Muy sencillo.

Se facilita la entrada en España a las parejas extranjeras de comunitarios no casadas y no registradas.

Como ya hemos hablado en muchos de nuestros artículos, mediante el procedimiento como familiar de comunitario un extranjero de fuera de la Unión Europea puede entrar a España y conseguir su residencia siempre y cuando esté casado o constituido en pareja de hecho con un nacional o ciudadano comunitario.

Y esto podía hacerlo entrando a España como turista, y formalizando su relación posteriormente. Sin tener que salir del país.

No obstante, durante la crisis sanitaria del coronavirus, esto es algo que (temporalmente) no se podía hacer.

Es decir, con las restricciones de entrada al país para contener el virus, los únicos extranjeros que podían entrar a España eran los residentes legales con permiso de residencia. Pero en el caso de no serlo aún y querer entrar con tu visado de turista, la cosa era totalmente diferente.

Pero ahora la situación ha cambiado.

Esta iniciativa se crea para flexibilizar la entrada al país de todas estas parejas extranjeras con motivo del Covid-19. La idea es permitir que parejas que habían quedado separadas por la actual situación puedan reunirse finalmente.

Así, ahora las parejas no europeas de ciudadanos comunitarios con las que todavía no están casadas ni tienen registradas la unión podrán entrar a España con la finalidad de empezar a vivir con juntos o reunirse.

Te recordamos que, por más que el familiar de comunitario requiera que la unión esté registrada oficialmente, también es posible formalizar el proceso por circunstancias excepcionales con la residencia por pareja estable (en cual caso no hace falta el registro oficial).

¿Tienes dudas? Nuestros abogados de extranjería te asesoran de manera personalizada:

Procedimiento para la entrada en España de parejas extranjeras de comunitarios no casadas

Todos estos ciudadanos extracomunitarios que pretenden entrar a España para reunirse con su pareja Europea y empezar a vivir con ella deberán seguir el mismo procedimiento legal, dividido en 3 pasos.

En primer lugar, deben contactar con el Consulado español ubicado allí donde se encuentre la pareja no comunitaria. Deberán enviar toda la documentación que demuestre que se trata de una relación conyugal estable y duradera (“asimilable a la pareja de hecho”); y que la entrada a España se produce para reunirse con su pareja o empezar a vivir con ella.

En el siguiente apartado veremos en detalle cuáles son estos documentos.

Una vez se manden estos documentos al consulado, éste los mandará al Ministerio de Interiores, encargado de valorar la solicitud y emitir su resolución al respecto.

Si la resolución es positiva, la Oficina Consular emitirá un certificado que permitirá al ciudadano extracomunitario entrar a España sin problema. Este certificado debe ser presentado a la aerolínea y a las autoridades fronterizas una vez lo soliciten.

¡Así de sencillo!

¿Cuáles son los documentos necesarios?

La documentación que se debe aportar está relacionada con los 3 requisitos a cumplir para poder entrar a España.

Veámoslos al detalle.

Motivo del viaje

En primer lugar, es imprescindible demostrar que el motivo del viaje es el permitido y contemplado por esta nueva regulación.

Es decir, aportar pruebas de que ambos viajan juntos hacia España o que el ciudadano no europeo viaja solo hacia allí para reunirse con su pareja comunitaria.

En el primer caso habrá que aportar los billetes de avión en el mismo vuelo, y en el segundo caso una declaración notarial firmada por parte del ciudadano comunitario ante notario.

Relación existente y con cierta duración

Por otro lado, ambos miembros deben demostrar que se trata de una relación estable y duradera. Para hacerlo, existen dos vías principales, con requisitos no exhaustivos.

Se pueden usar documentos gubernamentales, tales como el padrón (en el que se demuestra que ambos viven juntos); o documentos por parte de las autoridades locales que demuestran la existencia de la relación (en este caso debidamente apostillados y legalizados al venir del extranjero).

Pero, además, también serán válidos otros documentos que demuestran la relación de pareja. Hablamos de contratos de alquiler juntos durante los últimos meses o años, facturas, cuentas bancarias con ambos miembros como titulares, la posesión de activos conjuntamente, etc.

Intención de formalizar la unión

Finalmente, en el consulado se deberá presentar, si existe, prueba de que efectivamente existe intención de formalizar la relación conyugal entre ambos. Esto se consigue mediante la presentación de la cita (ya concedida) para la firma del matrimonio.

Inicia tu solicitud

Hasta aquí las consideraciones más importantes sobre esta flexibilización para entrar a España si eres pareja de ciudadano Europeo. 

No obstante, si todavía tienes dudas o te gustaría que nuestro equipo de abogados se encargará de la preparación de toda la documentación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. 

Contacta con nuestros abogados a continuación y deja que nuestros expertos te guíen paso a paso:

5/5 (1 Review)
entrada a España parejas extranjeras no casadas

2 respuestas a «Entrada en España de Parejas Extranjeras de Comunitarios no Casadas y no Registradas»

  1. Hola, mi nombre es Candela Cipresso.
    Soy de Buenos Aires Argentina. Tengo ciudadania italiana.
    Quisiera viajar con mi pareja, no estamos casados. No pudimos contraer matrimonio porque con la crisis sanitaria no se estan dando turnos aqui.

    Ustedes podrían orientarme como proseguir para poder ingresar a territorio español con toda la documentación en regla?

    Tengo a mi madre viviendo en Cataluña asi que en caso que pueda un abogado representarme desde allí no tendría problema en que ella se contacte con ustedes.

    Espero su respuesta.
    Gracias

  2. Para poder valorar cuál sería su mejor opción, lo ideal sería poder tener una consulta con usted para que uno de los abogados la asesore teniendo en cuenta su caso. Puede enviar un email a [email protected] para agendarla.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¡Suscríbete a nuestra newsletter! | Subscribe to our newsletter!