Prórroga de la Estancia por Estudios

Immigration Lawyers Spain » Blog » Prórroga de la Estancia por Estudios
prórroga estancia por estudios

¿Tus estudios van a terminar pero te gustaría quedarte en España y seguir estudiando durante más tiempo?

Entonces este artículo es para ti. Analizamos todo lo que tienes que saber sobre la prórroga de la estancia por estudios.

Al terminar este post entenderás a la perfección en qué consiste esta prórroga y cuáles son sus condiciones, los documentos y requisitos a cumplir, el procedimiento legal paso a paso para solicitarla, y cómo conseguir un permiso de trabajo una vez terminen tus estudios finalmente.

La prórroga de tu estancia por estudios es el trámite que deberás hacer para seguir estudiando en España cada vez que tu estancia por estudios caduque.

Es decir, ¿cuál es la situación que viven muchos extranjeros estudiantes?

Pues en la mayoría de los casos, vienen al territorio español para estudiar durante más de 1 año (ya sea porque cursan una carrera que dura 4, o porque tras terminar la carrera acceden a un máster o a otro tipo de formación, etc.)

La estancia por estudios, la autorización que permite permanecer de manera legal en el país mientras se cursa dicha formación, se concede únicamente por un máximo de 2 años.

Por lo que si tus estudios duran más de esos 24 meses, deberás extender esa autorización inicial, y eso se conoce como prórroga de la estancia por estudios.

Así, este procedimiento tiene las siguientes finalidades:

    • Prórrogar la estancia para poder seguir estudiando en España
    • Realizar prácticas no laborales
    • Seguir con tareas de investigación
    • Participar en un intercambio de alumnos o servicio de voluntariado

En el caso de haber realizado una solicitud conjunta y estar en España con tus familiares, la prórroga de tu estancia por estudios también extenderá la duración de la de dichos familiares.

¿Cuál es la vigencia de esta prórroga?

La vigencia de esta estancia es equivalente a la duración de tus estudios (es decir, del curso académico), aunque como máximo extendiéndose durante un año.

Por ejemplo, si realizas un curso que dura 6 meses, tu estancia será válida durante única y exclusivamente esos 6 meses.

Por el contrario, si la formación dura 3 años, la primera estancia será válida para 2 años, y una vez llegado al fin de este periodo deberás solicitar esta prórroga para poder quedarte de manera legal en el territorio español.

Pero debemos tener en cuenta un punto muy importante.

En el caso de no renovar, si tus estudios terminan te quedarás automáticamente en situación irregular; por lo que deberás volver de inmediato a tu país de origen.

Es por eso que te recomendamos realizar los trámites con suficiente antelación, especialmente si quieres quedarte en España (en este artículo también descubrirás como cambiar a residencia regular). 

Pues si no realizas la prórroga y quieres seguir estudiando tendrás que iniciar la solicitud desde 0 en tu país de origen.

¿Tienes alguna duda hasta aquí? Pues pregunta a nuestros abogados:

Requisitos

Si bien es cierto que los requisitos variarán en cierta medida si continuas con los mismos estudios (pasando a un curso superior) o si empiezas unos diferentes, a continuación te presentamos los principales requisitos que deberás cumplir para la prórroga:

1. Carecer de antecedentes penales

2. El centro en el que vayas a estudiar durante el próximo año debe ser público o privado, pero siempre oficial y autorizado

3. Deberás demostrara que has finalizado los estudios por los que conseguiste tu autorización inicial, y eso es algo que puedes lograr a través del diploma acreditativo y del resumen de calificaciones obtenidas en cada asignatura cursada.

4. En caso de no disponer del título conforme has completado la formación de manera exitosa, también puedes aportar un certificado por parte de la institución académica conforme has completado tus estudios.

5. Será imprescindible aportar la matrícula (con plaza confirmada) de los nuevos estudios por los que pides la prórroga.

6. Los estudios que curses a continuación deberán ser de nivel igual o superior a los que acabas de completar. Si se trata de una carrera o formación profesional, simplemente con la matrícula del segundo, tercer o cuarto año será suficiente. Pero si has completado la carrera, únicamente te serviría un máster, postgrado u otra carrera.

7. Dichos estudios siempre deben estar dentro de la misma área conocimiento, relacionados y asociados con los anteriores por los que viniste a estudiar inicialmente. Si por ejemplo has estudiado economía, estudiar después nutrición no sería una opción válida.

8. Debes disponer de medios económicos suficientes, equivalentes a un 100% del IPREM para el tiempo total que dure la prórroga (unos 560€ mensuales). Estos medios deben servir para sostenerte en España durante tus estudios y poder volver a tu país en caso de ser necesario.

9. Seguro médico privado con mismas coberturas que la Seguridad Social española (es decir, sin copagos ni carencias).

10. Finalmente, deberás demostrar el aprovechamiento del curso académico finalizado. Esto se consigue a través de un certificado por parte del centro o institución.

Documentos a aportar

¿Qué documentos deberás aportar en el momento de la solicitud?

    • Modelo de solicitud (EX-00), debidamente rellenado. Lo puedes descargar aquí.
    • Empadronamiento.
    • Fotocopia del pasaporte completo (incluyendo las páginas en blanco)
    • Si has pagado parte o la totalidad de la matrícula del siguiente año, deberás adjuntar el recibo.
    • Certificado bancario demostrando la cantidad que dispones a día de hoy (que debe ser superior a un 100% del IPREM mensual), así como y movimiento bancarios en los últimos meses.
    • Copia de la tarjeta de residencia anterior (si la tenías).
    • Comprobante conforme has realizado el pago de la tasa correspondiente: modelo 790 código 052.

Proceso de solicitud

Veamos ahora cómo funciona el proceso de solicitud de esta prórroga de tu estancia como estudiante.

Lo primero que debes saber (y es de suma importancia) tiene que ver con los plazos.

La prórroga debe solicitarse 60 días antes o 90 días después del vencimiento de la tarjeta.

Si bien es cierto que la oficina de extranjería tiene 3 meses tras la recepción de toda la documentación para emitir una respuesta, nuestra recomendación es que la realizase lo antes posible dentro del plazo estipulado.

En caso de no obtener respuesta dentro de dichos 90 días, se considerará que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo.

¿Dónde se realiza la solicitud?

En el Registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería de la provincia en la que vayas a realizar tus estudios, prácticas o investigación.

Puedes encontrar aquí la oficina que te corresponde según tu comunidad autónoma.

Finalmente, si la autorización es por más de 6 meses vas a tener que solicitar una TIE (tarjeta de residencia física); mientras que si los estudios o curso duran menos, en ese caso no deberás hacerlo.

¿Y si ya he terminado mis estudios?

Hasta ahora hemos visto el caso en el que el extranjero ha terminado un año académico o una formación, pero pretende seguir estudiando durante el siguiente año.

Pero, ¿qué sucede si ya no quiere seguir estudiando más? ¿Existe alguna opción para quedarse en España?

La respuesta es , aunque el camino a seguir va a depender de la situación particular del extranjero.

No obstante, lo más común es que el tiempo estudiando sea menor a 3 años, por lo que en ese caso existen las siguientes vías disponibles.

Tras 1 año estudiando en España, el estudiante extranjero puede:

En cualquier caso, nuestra recomendación es que te pongas en contacto con nuestro equipo de abogados de extranjería para que podamos analizar tu situación particular y juntos encontremos la mejor vía para lograr tus objetivos.

Estamos a tu completa disposición.

Contacta con nuestros abogados a continuación y deja que nuestros expertos te guíen paso a paso:

4.2/5 (6 Reviews)
prórroga estancia por estudios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¡Suscríbete a nuestra newsletter! | Subscribe to our newsletter!