¿Estás planeando solicitar la residencia no lucrativa? Entonces sigue leyendo. En este post analizamos todo lo que debes saber sobre uno de los puntos más importantes para solicitar esta residencia: los requisitos económicos. Veremos las cifras exactas para los medios económicos de la no lucrativa durante este año, las diferentes opciones que tienes para demostrarlos, y consejos muy útiles a nivel legal.
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ToggleLos medios económicos: el requisito más importante para conseguir la no lucrativa
La residencia no lucrativa se ha convertido en una de las opciones más populares entre ciudadanos de todo el mundo que desean empezar su nueva vida en España con su familia.
Y eso es fácil de comprender, pues sin duda se trata de una de las residencias más ventajosas en el país, ya que entre otros:
- Ofrece un proceso de solicitud es bastante sencillo
- Permite incluir en la solicitud a hijos, pareja registrada o cónyuge
- Y permite conseguir la nacionalidad tras cumplir el tiempo de residencia requerido (pues puede ser renovado cada 2 años hasta lograr la residencia de larga duración)
Como sabemos, una de las principales características de esta residencia es que no permite realizar ningún tipo de actividad económica en el país. Es decir, no se puede trabajar siendo titular de este permiso, ni por cuenta ajena ni por cuenta propia.
Así, el extranjero que quiera obtenerla deberá demostrar que dispone de dinero y recursos suficientes para mantenerse durante el año de residencia que esta tarjeta inicial otorga en el país.
Pues no podrá realizar ningún tipo de actividad que le genere ingresos, y el estado debe asegurarse que este solicitante no supondrá una carga económica para el sistema público.
Y de ahí nace el principal requisito de la residencia no lucrativa: demostrar los medios económicos.
El indicador clave para demostrar los medios económicos: el IPREM
Pero antes de ver la cantidad monetaria exacta que deberás disponer para solicitar este visado, debemos entender el significado de este concepto tan importante.
El IPREM, o Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, es una cantidad fijada por el gobierno y que varía cada año, usada como cifra de referencia para, por ejemplo, otorgar ayudas o subvenciones.
Además, también se usa para diferentes procedimientos de extranjería, como es el caso de este visado.
Pues para hacer referencia a la cantidad de dinero que un extranjero debe disponer para poder solicitar un permiso de residencia X, muchas veces este requisito se construye en base a un porcentaje sobre este IPREM.
Para solicitar la no lucrativa, por ejemplo, deberás disponer de la cantidad fijada por este IPREM x un múltiplo concreto que ahora veremos.
En el año 2023 el IPREM mensual se sitúa en 600€, lo que equivale a 7.200€ (puedes ver las cantidades oficiales de cada año aquí).
No obstante, debemos tener en cuenta que este número sube año tras año.
Ahora que ya entendemos el significado de este indicador podemos pasar a ver cuál es el múltiplo sobre el IPREM usado como requisito en la no lucrativa.
Pero recuerda que si tienes cualquier duda, también puedes preguntar a nuestros abogados:
Cantidades económicoas exactas para solicitar la no lucrativa
Tal y como se establece en el Artículo 47 del Real Decreto 557/2011, el extranjero que quiera solicitar la residencia no lucrativa deberá demostrar la posesión de un 400% del IPREM a nivel mensual.
Es decir, 2.400€ mensuales, que llevados a un año serían 28.800€
Esta última cifra es la que el extranjero deberá disponer en su cuenta bancaria (siendo esta una las opciones disponibles, como ahora veremos) y demostrar como punto clave para que le concedan la no lucrativa.
Pero, como hemos dicho, el solicitante principal puede incluir sus familiares en la solicitud de esta residencia.
Si es el caso, el extranjero deberá demostrar un 100% extra del IPREM por cada familiar añadido en la solicitud.
Por lo tanto, hablaríamos de 7.200€ adicionales por familiar.
A continuación analizamos de qué maneras podemos demostrar que efectivamente cumplimos con este requisito.
Pero debes tener cuidado: es posible que esta cantidad exacta que acabamos de ver sea un tanto superior según tu consulado particular.
Y, además, la manera en la que puedes demostrarlo también podría estar limitada a menos supuestos según tu lugar de residencia.
Lo más importante en este procedimiento es informarte antes de preparar tu solicitud y conocer con exactitud las particularidades del lugar en el que vas a solicitar la no lucrativa.
De modo contrario tu solicitud podría quedar rechazada.
¿Cómo demostrar estos medios económicos?
Existen en este sentido dos formas diferentes de hacerlo:
- O bien demostramos que tenemos medios suficientes para todo el periodo de antemano (por ejemplo en una cuenta bancaria)
- O bien acreditamos la existencia de cualquier tipo de fuente que de manera periódica nos genera ingresos, como por ejemplo una pensión o el alquiler de una vivienda
De manera más general, cualquier medio de prueba que acredite la disposición de dichos fondos será válido.
Por ejemplo, podríamos usar:
- Extractors bancarios de los últimos 12 meses con detalle de movimientos y transacciones
- Títulos de propiedad
- Cheques certificado
- Tarjetas de crédito siempre y cuando estén acompañados de una certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito en la tarjeta
Ten en cuenta que si dichos fondos proceden de acciones o participaciones de empresas ubicadas en España, se deberá aportar además una declaración jurada conforme el extranjero no realiza actividad profesional ninguna.
Por otro lado, las cantidades pueden estar en euros o en una moneda extranjera internacional que pueda ser convertida a euro.
Y, como punto fundamental, los fondos siempre deberán estar a nombre del solicitante principal. Es decir, si eres el solicitante principal, la cuenta bancaria debe ser tuya y no podrás usar la de un familiar.
¿Y qué sucede con los fondos en la renovación?
Hasta ahora hemos visto los requisitos económicos para solicitar la residencia no lucrativa por primera vez.
Es decir, la autorización de residencia inicial.
Pero, ¿debo demostrar esta misma cantidad también al renovar? ¿O ya me sirven los fondos iniciales?
Este es un punto fundamental y con el que muchos extranjeros no cuenta.
Pues si bien la autorización inicial es por un año, la renovación de la no lucrativa es para dos.
Por ende, deberemos demostrar que poseemos el doble de fondos económicos que tuvimos que demostrar al solicitar esta residencia por primera vez en nuestro país de origen.
Si tienes dudas o te gustaría pedir una cita con nuestros abogados de extranjería para que te asesoren paso a paso, ponte en contacto con nosotros.
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