¿Si cancelo mi pareja de hecho o me divorcio pierdo la residencia?

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¿Si cancelo mi pareja de hecho pierdo la residencia?

Muchos extranjeros viven legalmente en España ya que consiguieron la tarjeta comunitaria por ser la pareja de un ciudadano español o de la Unión Europea. Y muchos de ellos tienen una duda muy importante, pues su derecho a seguir viviendo legalmente en España está condicionado a su relación.

¿Y qué pasa si dicha relación termina? ¿Si me divorcio de mi pareja o cancelamos la pareja de hecho pierdo la residencia en España?

La respuesta es depende, y en este post te contamos todos los detalles.

Por suerte, la Ley de Extranjería española en el Real Decreto 240/2007 contempla de manera favorable tanto los casos de cancelación de pareja de hecho como de matrimonio por igual en cuanto al mantenimiento de la tarjeta comunitaria.

Es decir, es habitual que un extranjero de fuera de la UE que consiguió su residencia a través de la tarjeta como familiar de comunitario ahora termine su relación, pero siga queriendo vivir en España.

¿Puede hacerlo? La respuesta es sí.

Si cancelas tu pareja de hecho o te divorcias, sigues teniendo derecho a mantener tu tarjeta comunitaria siempre que:

  • Has vivido por lo menos tres años con tu pareja de hecho o cónyuge de manera conjunta (plazo que empieza a contar desde el día que inicias el proceso de divorcio o proceso cancelación pareja; no cuando el divorcio o cancelación está completo)
  • Por lo menos uno de estos años de residencia han sido en España

Así, nuestra recomendación es que intentes mantener el empadronamiento conjunto el máximo tiempo posible (hasta la sentencia de divorcio).

Si cumples con estos dos requisitos, una vez caduque la tarjeta, te concederán la tarjeta comunitaria permanente por 10 años, sin referencias al familiar que te permitió conseguirla en primer lugar.

Para hacerlo, deberás seguir el proceso que mencionamos en el siguiente apartado.

¿Tienes dudas? Sigue leyendo para más información o pregunta lo que sea a nuestros abogados:

¿Y si no llevas 3 años viviendo en España?

Ahora bien, muchos extranjeros que rompen su pareja de hecho o se divorcian no llegan a este periodo mínimo de 3 años.

Ya sea porque la relación a nivel legal sí ha durado ese plazo pero estaban empadronados en lugares diferentes, o directamente porque el matrimonio ha durando menos tiempo.

¿Tienen alguna opción para no perder su residencia? De nuevo, el reglamento contempla diferentes casos en los que no es necesario demostrar los 3 años de convivencia:

  • Si has sido víctima de malos tratos también tendrás derecho a conservar la tarjeta comunitaria
  • Si tienes hijos menores de edad con tu pareja y te atribuyen la custodia a través de sentencia firme
  • Si no tienes la custodia de los hijos pero por mutuo acuerdo o decisión judicial adquieres el derecho de visita a los niños del ciudadano de la Unión, y dichos niños viven en España
  • Si eres viudo o viuda ya que tu pareja o cónyuge ha fallecido

Por otro lado, si no te encuentras en ninguno de estos supuestos no podrás mantener tu tarjeta comunitaria, y deberás solicitar una modificación a permiso de residencia y trabajo inicial (bajo el régimen general de extranjería).

Pero ten cuidado. Si la cancelación de la pareja o rotura del matrimonio se ha producido en un plazo de tiempo muy corto tras su constitución (menos de 1 año), es probable que te denieguen esta modificación.

Pues se podrá entender que la pareja o matrimonio fueron constituidos por conveniencia.

Proceso para evitar perder la residencia tras terminar la relación

Aunque es un requisito que puede no ser necesario en ciertas regiones de España, nuestro consejo es que si termina tu matrimonio o pareja de hecho (te encuentres en la ciudad en la que te encuentres), sigas este paso.

Una vez ambas partes recibáis la constancia de cancelación de la pareja de hecho o estable, deberás notificarlo en un plazo de un mes a las autoridades a través del formulario de cambio de estado civil.

Este plazo de un mes es muy importante, y aunque el reglamento no especifique un plazo exacto, si dejas pasar más de 3 meses perderías el derecho a renovar tu tarjeta comunitaria y no podrías seguir viviendo en el país de manera legal.

El reglamento no especifica exactamente dónde y de qué manera debes hacerlo, pero nuestra recomendación es que, por lo menos, lo notifiques a:

  • La oficina de extranjería
  • A la policía nacional
  • Al Ministerio del Interior

Una vez terminando este proceso, podrás volverte a casar o registrar una nueva pareja de hecho con otra persona, y realizar una reagrupación con la nueva tarjeta comunitaria.

Recuerda que si tienes cualquier duda, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados para que te asesoremos paso a paso y encontremos la mejor manera para que no pierdas tu residencia al cancelar tu pareja de hecho.

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