Tarjeta de residencia como Familiar de comunitario

Immigration Lawyers Spain » Visado como familiar de comunitario europeo

Autorización de residencia y trabajo por 5 años

(Respuesta rápida garantizada 24/7)

Visado para extranjeros familiares de ciudadanos de la Unión Europea en España

Requisitos para la
la tarjeta comunitaria

Tener un familiar europeo

Si eres familiar de un ciudadano de la Unión Europea podrás conseguir fácilmente la residencia en España.

Disponer de medios suficientes

Es un requisito indispensable que el ciudadano de la UE tenga contrato de trabajo o fondos económicos suficientes.

Únete a tu familiar

Vas a tener que empezar a vivir con tu familiar nacional europeo con el que solicitas este visado.

Demuestra la relación

Finalmente, deberás demostrar que realmente eres familiar del ciudadano de la UE para conseguir el permiso.

Visado para extranjeros familiares de ciudadanos de la Unión Europea en España

family member eu citizen

Familiares que pueden solicitar la tarjeta comunitaria

¿Eres un ciudadano de fuera de la Unión Europea que quiere conseguir el permiso de residencia en España? Entonces, si eres familiar de un ciudadano de la UE o has constituido pareja de hecho o matrimonio con un ciudadano de la Unión Europea, puedes empezar a vivir y trabajar legalmente en España de forma MUY SENCILLA como si fueras residente.

Conseguir el visado para España a través del familiar de comunitario es una de las formas más fáciles de empezar a residir en el país.

 ¿Cuáles son exactamente los familiares que pueden solicitar este permiso de residencia?

El parentesco con el ciudadano de la Unión Europea que valida la obtención de este visado depende de si se es estudiante o no.

En el caso de ser familiar de estudiante

  • Cónyuge (tras la constitución de pareja de hecho o matrimonio)
  • Hijo/a del ciudadano de la UE o de su cónyuge
  • Cualquier familiar que en el país de origen esté a cargo del ciudadano europeo,  debiéndose demostrar una convivencia de mínimo 24 meses
  • Miembros de la familia que estén a cargo del ciudadano comunitario por motivos de salud o discapacidad

En el resto de los casos, además:

  • Padre/madre del ciudadano Europeo o de su cónyuge (pareja de hecho o cuyo vínculo se haya constituido en matrimonio)

Y, como caso excepcional, también es posible realizar este proceso si eres una pareja estable no registrada.

¡También podemos ayudarte con todos los trámites de constitución de la pareja de hecho en España!

abogado extranjeria

¡Presentamos tu solicitud online!

Nuestro equipo se encargará de mandar la solicitud o renovación de tu visado de manera totalmente online, para que puedas conseguir la residencia sin tener que salir de casa.

¿Qué ganarás solicitando tu visado con nosotros?

Te guiaremos durante todo el proceso, acompañándote desde el inicio de la solicitud hasta que consigas tu permiso de residencia como familiar de comunitario

Únicamente deberás firmar. Nosotros nos encargaremos de rellenar por ti toda la documentación necesaria y enviarla a las autoridades competentes

Nos encargaremos de la traducción de todos los documentos jurídicos al español, tanto del permiso como familiar de miembro de la UE como de la pareja de hecho

Lo que nuestros clientes opinan de nosotros

Contigo de principio a final. Te ayudamos a registrar tu pareja de hecho (cita rápida) y solicitamos tu la tarjeta comunitaria

Preguntas frecuentes sobre la tarjeta comunitaria

¿Cómo solicitar la tarjeta comunitaria?

Paso 1:  Elegir la vía de solicitud

Existen dos opciones para presentar la solicitud:

  • Solicitud presencial:
  1. Solicita una cita previa en la Oficina de Extranjería que te corresponda.
  2. Acude personalmente el día indicado con toda la documentación requerida.
  • Solicitud telemática (recomendada):
  1. Accede a la Plataforma Mercurio.
  2. Inicia sesión con tu certificado digital.
  3. Rellena el formulario y adjunta la documentación necesaria.
  4. Presenta la solicitud sin necesidad de acudir físicamente a una oficina.

Paso 2: Obtener el resguardo de la solicitud

  • Una vez enviada la solicitud, recibirás un resguardo oficial.
  • Este documento confirma que tu trámite ha sido presentado correctamente.
  • Permite hacer un seguimiento del estado de la solicitud a través de Internet.

 Paso 3: Esperar la resolución

  • La Oficina de Extranjería tiene un plazo de 3 meses para revisar y resolver tu solicitud.
  • Si pasado este tiempo no recibes respuesta, el trámite se considera desestimado por silencio administrativo.
  • Sin embargo, muchas oficinas experimentan retrasos, por lo que la falta de respuesta inmediata no siempre significa una denegación.

Paso 4: Consultar el estado del trámite

  • Puedes comprobar el estado de tu solicitud online utilizando el resguardo.
  • Si necesitas más información o asistencia, puedes contactar con un abogado especializado en extranjería.

Ahora ya sabes cómo solicitar tu tarjeta comunitaria.

Cómo renovar la tarjeta comunitaria

Después de los primeros 5 años viviendo en el territorio español con esta tarjeta, deberás renovarla. Los requisitos son básicamente los mismos. Debes demostrar que el lazo familiar  on el ciudadano Europeo o español todavía sigue vigente y que se disponen de suficientes medios económicos.

Sin embargo, hay algunos casos concretos que debes tener en cuenta. ¿Qué sucede si el ciudadano de la UE muere? ¿Y si te divorcias de tu cónyuge o pareja europea? ¿Todavía puedes renovar?

Encontrará las respuestas a esas preguntas y toda la información necesaria para renovar tu tarjeta comunitaria aquí.

Requisitos en documentación para tarjeta comunitaria

Los documentos a presentar para conseguir este visado son los siguientes:

  • El modelo de solicitud EX-19 rellenado
  • Documentación que acredite y demuestre el vínculo familiar entre el ciudadano europeo y el no europeo que desea conseguir su visado
  • Pasaporte del ciudadano no europeo
  • En el caso que aplique, documento que acredite la relación de dependencia entre el ciudadano no europeo y el comunitario
  • DNI (en caso de ser español) o certificado de la UE (tarjeta verde), ya que tener el NIE no es suficiente
  • Documento que acredite la posesión de seguro médico
  • En el caso de ser estudiante, matrícula de inscripción en el centro académico
  • Si el ciudadano europeo es trabajador por cuenta ajena, contrato de trabajo (aunque con el NIE o NIF será suficiente)
  • Si es trabajador por cuenta propia, documento de alta a la seguridad social y al Censo de Actividades Económicas
  • En el caso de no desarrollar ninguna actividad económica en España, habrá que presentarse un documento que acredite la posesión de medios económicos suficientes

¿Si cancelo mi pareja de hecho o matrimonio pierdo la residencia?

No necesariamente. Siempre y cuando cumplas con los 2 requisitos siguientes, podrás cancelar tu pareja de hecho y seguirías manteniendo tu tarjeta como familiar de ciudadano de la Unión:

  • Si has convivido con tu pareja durante, por lo menos, 3 años
  • De esos 3 años, por lo menos uno ha sido en España

¿Y qué sucede si no llegáis a esos tres años? Existen 4 supuestos que te permitirían seguir manteniendo tu tarjeta, y los puedes encontrar aquí.

Eso depende enteramente del país de origen del ciudadano europeo. Es decir, si has registrado tu matrimonio en un país extracomunitario, debes ver si el país de origen del ciudadano europeo está dentro de esta lista.

Si es así, la unión legal será totalmente válida y sólo tendrás que legalizarla/apostillarla. En caso contrario, deberá registrarlo primero en el país de origen de la UE.

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