Cómo renovar la residencia no lucrativa en España

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cómo renovar residencia no lucrativa

Sin duda una de las opciones más demandadas entre los extranjeros de todo el mundo: la residencia no lucrativa. Muchos de los que quieren establecerse en España para poder disfrutar de todo lo que el país tiene por ofrecer escogen este permiso de residencia para regularizar su situación.

No obstante, aunque muchas veces los requisitos de solicitud inicial son claros, cómo quedarse a largo plazo en el país con este visado no lo es tanto.

Así, en este artículo veremos, paso a paso, cómo renovar la residencia no lucrativa en España. Repasaremos los principales requisitos que deberás cumplir para mantener este permiso más allá de su vigencia inicial, y de cómo realizar dicha renovación.

Tras el primer año con la residencia no lucrativa temporal, tenemos dos opciones distintas para seguir viviendo en España.

En primer lugar, podemos renovar la tarjeta y extender nuestro visado no lucrativo durante dos años más. A continuación veremos los requisitos para realizarlo.

Pero, por otro lado, también podemos optar por realizar una modificación (en lugar de renovación), y solicitar una residencia que autorice a trabajar.

Estas son las dos vías alternativas a las que cualquier extranjero que entró en España con este visado puede optar. Los requisitos en ambos casos serán distintos.

No obstante, esto se cumplirá en el caso del solicitante principal y de su cónyuge (en caso de haber realizado solicitud conjunta). Los hijos menores seguirían manteniendo una residencia no lucrativa sea cuál sea el camino elegido por los padres.

¿Cuándo tengo que renovar mi tarjeta?

Como ya sabrás, la validez de la tarjeta de residencia no lucrativa inicial, la que obtenemos cuando entramos a España por primera vez, es de un año

Esta tarjeta se denomina residencia temporal no lucrativa.

No obstante, una vez termina este año, podemos realizar una renovación por dos años extra; y una vez terminen estos dos años, una última renovación de dos años más.

La deberemos realizar 60 días antes de llegar la fecha del fin de ese año o 90 días después de su caducidad.

Tras finalizar ese período (ya llevaremos un total de 5 años en España), podremos solicitar la residencia de larga duración.

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Requisitos para renovar la residencia no lucrativa

Aunque gran parte de los requisitos consisten en demostrar que se mantienen los criterios que permitieron la obtención de la tarjeta inicial, existen algunas diferencias:

  1. Demostrar solvencia económica. Como la validez del visado renovado será de 2 años en lugar de 1, deberás demostrar el doble de medios económicos: 800% del IPREM. Es decir, 57.600€. En el caso de haber venido con nuestro cónyuge e/o hijos, también deberemos doblar la cantidad requerida para ellos.
  2. Este permiso de residencia exige que seas residente legal. Es decir, que permanezcas más de 183 días al año en territorio español. Es por eso que si al presentar tu renovación no puedes demostrar que has estado esos 6 meses en el país, tu solicitud muy probablemente será rechazada. Para hacerlo puedes aportar movimientos bancarios o facturas, ya sea del teléfono o luz.
  3. Mantener el seguro médico. Del mismo modo que sucedía en la solicitud inicial, deberás seguir disponiendo de un seguro de salud como extranjero.

  4. Certificado de habitabilidad. En el caso de haber venido venido a España con tus hijos, deberás aportar un certificado de habitabilidad. Este documento demuestra, una vez indicadas las dimensiones y condiciones de tu vivienda, que reúne los mínimos para que todos los integrantes de la casa puedan convivir de manera adecuada.

  5. Menores escolarizados. Si has venido a España con tus hijos y están en edad de escolarización obligatoria, debes demostrar que están inscritos en el colegio y asisten a clases de manera regular. Esto se consigue con un certificado por parte del colegio.

  6. Pagar la tasa 790 052. Será fundamental pagar la tasa 790 052 para la presentación del trámite de renovación. El importe exacto varía cada año (se actualiza en BOE), pero ronda los 16 – 21 €Ten en cuenta que se puede pagar en cualquier banco colaborador con la Agencia Tributaria, tanto online como presencial. 

  7. Carencia de deudas con Hacienda y Seguridad Social. Otro requisito que la administración revisará para aceptar tu renovación es el que hace referencia a tus deudas fiscales. No podrás tener ningún tipo de deuda con la Hacia Pública Española ni con la seguridad social para una renovación exitosa. Esto incluye, por ejemplo, impagos de multas, tasas, o cualquier similar.

  8. Carencia de antecedentes penales y policiales. Finalmente, un requisito que encontramos en la solicitud inicial.  Es importante no tener ningún tipo de problema con la justicia para poder renovar este visado: ni antecedentes penales ni policiales en España.

Requisito Detalle
Solvencia económica Demostrar 57.600 € (800% IPREM para 2 años). En caso de familia, se duplica por cada miembro adicional.
Residencia efectiva Acreditar más de 183 días al año en España (movimientos bancarios, facturas, etc.).
Seguro médico Mantener póliza privada sin carencias ni copagos, igual que en la solicitud inicial.
Certificado de habitabilidad Obligatorio si se renueva con hijos, para acreditar que la vivienda cumple condiciones mínimas.
Escolarización de menores Si hay hijos en edad obligatoria, aportar certificado del colegio que confirme asistencia regular.
Tasa 790 052 Pagar la tasa administrativa (importe aprox. 16–21 €, actualizado en BOE).
Deudas fiscales No tener deudas con Hacienda ni Seguridad Social (incluye multas o tasas pendientes).
Antecedentes No contar con antecedentes penales ni policiales en España.

Modificación a permiso de residencia y trabajo

Hasta ahora hemos visto el proceso para renovar la residencia no lucrativa temporal por una de dos años.

No obstante, también existe la posibilidad que en lugar de querer renovar este tipo de visado, prefieras modificar a un permiso que también te permita trabajar (algo que por la propia naturaleza de la no lucrativa no es posible).

Veamos las dos posibilidades que tienes en este sentido.

Modificación a residencia y trabajo por cuenta ajena

En primer lugar, puedes modificar tu residencia no lucrativa por un permiso e trabajo por cuenta ajena.

Este te permitirá trabajar en cualquier empresa dentro de España.

El requisito principal será conseguir una oferta de trabajo consistente en un con contrato por un año como mínimo y con jornada completa de 40 horas.

Y puede ser trabajo en cualquier actividad o sector.

Modificación a residencia y trabajo por cuenta propia

Por otro lado, puedes realizar una modificación a permiso de trabajo por cuenta propia.

Esto será así si inicias tu propio proyecto empresarial o te das de alta como autónomo.

En este caso, los requisitos consisten en presentar un plan de negocios y demostrar que disponemos de medios económicos suficientes para poder financiar el proyecto.

Además, tu CV personal y un certificado de la Asociación de Trabajadores Autónomos que afirme que el proyecto es viable.

Procedimiento legal para renovar paso a paso

A continuación vemos el paso a paso para que puedas renovar esta residencia con éxito:

1. Comprueba los plazos. La renovación debe presentarse dentro de los 60 días anteriores o hasta 90 días posteriores a la caducidad de la tarjeta. Es importante respetar estos tiempos, ya que hacerlo fuera de plazo puede suponer sanciones o incluso la denegación de la solicitud.

2. Reúne la documentación necesaria. Antes de pedir cita o iniciar el trámite online, asegúrate de tener todo preparado: modelo de solicitud EX-01, tasa pagada, resto de requisitos demostrados, etc. 

3. Pide cita o prepara la presentación online. La solicitud puede hacerse de manera presencial en la oficina de extranjería de tu provincia, para lo cual deberás pedir cita previa, o bien de forma telemática a través de la plataforma Mercurio, siempre que dispongas de certificado digital. Si no cuentas con él, un abogado puede presentar la renovación en tu nombre como representante legal.

4. Presenta la solicitud y las tasas. El día de la cita deberás entregar toda la documentación junto con el formulario EX–01 y el justificante de la tasa ya abonada. En caso de hacerlo de forma online, deberás adjuntar los documentos escaneados y firmados digitalmente. En ambos casos, asegúrate de que los papeles estén completos y actualizados, ya que cualquier error puede retrasar la resolución.

5. Espera la resolución. Una vez presentada la solicitud, la Administración dispone de un plazo de tres meses para notificar la resolución. Si transcurrido este tiempo no recibes respuesta, la renovación se entiende estimada por silencio administrativo positivo, lo que implica que ha sido concedida.

6. Expide la nueva TIE. Con la resolución favorable en mano, deberás pedir cita en la Policía Nacional para la toma de huellas. En esa cita tendrás que presentar la resolución, el formulario EX–17, el justificante del pago de la tasa 790 código 012 y una fotografía tamaño carné. Pasadas unas semanas (aproximadamente entre 30 y 40 días) podrás recoger tu nueva tarjeta de identidad de extranjero.

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International Immigration Lawyers

Immigration Spain es una firma líder especializada en derecho de extranjería en España, con más de 40 años de experiencia ayudando a personas de más de 55 nacionalidades distintas en sus procesos migratorios. Con un equipo de abogados altamente especializados en normativa de extranjería, el despacho se dedica a ofrecer asesoría experta y acompañamiento en residencia, ciudadanía, permisos de trabajo y reagrupación familiar, entre otros servicios. Su compromiso con la actualización constante en cambios legislativos y el enfoque en las necesidades individuales de cada cliente convierten a Immigration Spain en un referente de confianza en el ámbito migratorio en España.

8 respuestas a «Cómo renovar la residencia no lucrativa en España»

  1. Cuantos de los 12 meses de la visa debo estar en españa para poder optar luego al cambio de visa por una de trabaajo?

  2. Para poder valorar cuál sería su mejor opción, lo ideal sería poder tener una consulta con usted para que uno de los abogados la asesore teniendo en cuenta su caso. Puede enviar un email a info@inmigrationspain.es

  3. Hola, si solicite la renovación de mi TIE tres días después de la fecha de vencimiento, que hago? fui a solicitar una autorización de regreso porque tengo un viaje y no me la tramitaron por este motivo .

  4. Puedo cambiar la visa no lucrativa a visa de trabajo antes del año?
    Muchas gracias

  5. Le podemos agendar una cita con uno de nuestros abogados para asesorarle con más detalle. Analizaremos su caso al detalle y le aportaremos toda la información legal que necesita según su situación particular. Envíenos un email a info@immigrationspain.es

  6. mi residencia de larga duracion no lucrativa vence el 19 de noviembre del 2020 , debo presentar la documentacion como la primera vez? donde la presento? puede ser via telematica? gracias por su asesoria

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