Visado de Residencia por Traslado Intraempresarial en España

residencia por traslado intraempresarial

¡Todo lo que necesitas saber sobre el permiso de trabajo que te permite trabajar en España para la sede de una empresa multinacional ubicada en el país! Al terminar este post conocerás los requisitos al detalle para solicitar este visado con éxito, el proceso de solicitud paso a paso, y los dos tipos de permiso de residencia por visado intraempresarial

La autorización de residencia por traslado intraempresarial es un tipo de permiso de trabajo por 3 años destinado a aquellos trabajadores trasladados a España por parte de empresas con sede en varios países por todo el mundo.

Es decir, en muchos casos encontramos multinacionales con sede en un tercer país (digamos, por ejemplo, Estados Unidos), y con otra en España.

En estos casos, la empresa podría trasladar trabajadores de una sede a otra (de la sede estadounidense a la española); y lo podría hacer gracias a la residencia por traslado intrampresarial, que permitirá a dichos trabajadores permanecer legalmente en el país mientras desarrollan su actividad profesional.

De manera concreta, esta autorización permite el traslado de trabajadores, directivos o especialistas de una sede a otra para que:

  • El trabajador pueda completar una formación que requiera estar en España
  • Realizar su actividad profesional de manera habitual, siguiendo con su trabajo pero en la sede española por motivos de reestructuración
  • Dirigir uno o varios equipos en el país

En los siguientes apartados repasaremos con más detalle los motivos posibles para este traslado. 

Legislación relacionada

Los visados por traslado intraempresarial se están regulados bajo la Ley de Emprendedores 14/2013; en este caso como iniciativa para fomentar la presencia de empresas extranjeras en España, así como de talento internacional; potenciando la economía española como resultado.

Uno de los aspectos más positivos de este punto es que será la UGE (Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos) quien revise todas las solicitudes, por lo que la resolución se concede en tiempo récord.

Principales ventajas

Entre otras, este visado ofrece las siguientes ventajas y beneficios:

  • Posibilidad de realizar una solicitud conjunta y incluir a tus familiares contigo (cónyuge o pareja de hecho, hijos y padres a cargo)
  • La resolución es totalmente rápida (habitualmente 20 días)
  • Esta residencia se puede solicitar estando en España como turista
  • No se tiene en cuenta la situación nacional de desempleo, algo que en muchos casos dificulta enormemente la obtención de un permiso de trabajo
  • Se concede por 3 años en lugar de 1 (como es el caso de las residencias bajo el régimen general)
  • Posibilidad de entrar, residir y trabajar en cualquier estado miembro de la UE al conseguir la tipología ICT-UE.

¿Tienes dudas hasta aquí? Pregúntanos lo que sea o sigue leyendo para más información:

Los dos tipos de visado para el traslado intraempresarial

Existen dos modalidades diferentes al solicitar este visado:

Autorización de residencia por traslado intraempresarial ICT UE

Esta es la tarjeta que se solicitará cuando se pretenda trasladar a uno de los tres tipos de trabajadores a España:

  • Trabajadores que necesitan realizar actividades formativas en la sede española para integrarse en los procesos y operaciones de la empresa (tiempo durante el cuál seguirá percibiendo un sueldo)
  • Especialistas que disponen de conocimiento de valor y que deben trasladarse a España para ponerlo a disposición del equipo en el país
  • Directivos y gerentes que requieren pasar a gestionar una división o departamento en la sede española

En estos casos, la duración de dicho traslado podrá durar como máximo 1 año en el caso de formación, y 3 años en los otros dos.

Una de las principales ventajas de esta tipología de traslado intraempresarial es que cualquier trabajador extranjero en una sede de la empresa ubicada en cualquier otro país de la UE podría ser trasladado a España, o bien al revés desplazarse a cualquier sede ubicada dentro del territorio europeo si está en España; aunque siempre con previo aviso a la UGE.

Es decir, este tipo de autorización (ICT UE) ofrece como principal ventaja el derecho a la movilidad dentro de la UE.

Autorización nacional de residencia por traslado intraempresarial

Por otro lado, encontramos esta variación de la residencia por traslado intraempresarial de carácter nacional.

Básicamente esta autorización procede cuando la duración máxima de traslado establecida en el caso anterior (1 año o 3 según el tipo de profesional) ha transcurrido por completo, o bien para otros supuestos, como el traslado de trabajadores para la ejecución de un contrato (CSS) o el traslado de trabajadores por una relación profesional (IPs).

Requisitos

A continuación detallamos todos los requisitos que se deben cumplir para poder solicitar la residencia por traslado intraempresarial con éxito.

Como verás, la mayoría de ellos dependen del perfil del trabajador que se mudará a España, además de otros relacionados con la empresa en sí.

¿Cuáles son dichos requisitos?

  • En primer lugar, demostrar que existe actividad empresarial real por parte de la sede de la empresa en España (es decir, que está operativa y en pleno funcionamiento)
  • La empresa a la que se traslada el trabajador en España debe formar parte del mismo grupo
  • El trabajador trasladado debe disponer de una titulación superior (carrera, máster o doctorado)
  • Si no se cumple el punto anterior, una experiencia profesional mínima de 3 años será necesaria
  • El trabajador debe haber registrado una antigüedad de  por lo menos 3 meses trabajando en una o varias empresas del grupo
  • Presentar el certificado de antecedentes penales con una carencia de los mismos
  • Finalmente, se deberá acreditar el traslado y lo motivos del mismo

En caso de que la empresa esté ya inscrita en la UGE fast-track, gran parte del proceso y requisitos ser verán agilizados. 

Proceso de solicitud y duración del trámite

¿Cómo funciona el proceso de solicitud de esta residencia?

Como hemos comentado, todas las solicitudes para esta residencia se realizan en la UGE, pero en este caso debe ser presentada por parte de la empresa que traslada al trabajador.

Existen dos opciones para hacerlo:

Y esto debe hacerse como mínimo 90 días antes del viaje a España; aunque también es posible conseguir esta residencia una vez el trabajador esté en territorio español; siempre y cuando se encuentre en situación legal (con un visado de turista válido).

La tramitación es totalmente rápida, ya que en tan solo 20-30 días es posible recibir una respuesta.

Una vez el extranjero recibe su resolución favorable, deberá solicitar el visado en el consulado español ubicado en el país de origen (u omitir este paso si ya estaba en España).

En esa fase del proceso los tiempos dependen de cada consulado, pero al disponer de tramitación preferente lo habitual es conseguirlo en unos 7-10 días.

Ya con ese visado el extranjero tendrá 30 días para viajar a España y entrar en el país, momento en el que conseguirá finalmente su TIE o tarjeta de residencia física en cualquier oficina de extranjería.

Renovación

Como todos los visados bajo la Ley de Emprendedores en España, hablamos de una autorización de residencia y trabajo por 2 años.

Una vez este plazo temporal llega a su fin, existe la posibilidad de renovar la tarjeta siempre y cuando se cumplan con las limitaciones del convenio colectivo entre ambos países (país en el que se encuentra la sede de donde proviene el trabajador extranjero y España).

Es importante tener en cuenta que el hecho de presentar la solicitud de renovación amplia automáticamente el plazo de estancia o residencia por parte del trabajador solicitante hasta lograr una resolución, por lo que en ningún momento te quedarías en situación irregular.

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