Tanto si vas a solicitar por primera vez tu permiso de residencia como si vas a renovarlo, vas a tener que pagar este impuesto. En este artículo te mostramos todo lo que tienes que saber sobre la tasa 790 modelo 052: dónde y cuándo pagarla, tus 2 opciones para hacerlo, y cuánto cuesta exactamente.
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Toggle¿Qué es la tasa 790 código 052?
La tasa 790 052 es un impuesto o tasa de carácter administrativo que deberás abonar a la oficina de extranjería cuando te dispongas a presentar tu solicitud de tarjeta de residencia inicial, renovación o prórroga en España.
Es decir, en cualquier de estos trámites, además del listado de requisitos completos para solicitar cada residencia, deberás también abonar esta tasa como un requisito extra, ya que graba el trámite o gestión por parte de la Administración española.
Es importante no confundir esta tasa 052 con el modelo 790/012, que como ya hemos visto en muchos de nuestros artículos, se paga en el momento de solicitar la tarjeta de residencia física (TIE) y registrar tus huellas en la comisaría de policía.
Así, la tasa 790/052 es un importe que deberás pagar antes: en el momento de presentar toda la documentación (algo que habitualmente harás online).
Como dato importante, ten en cuenta que tendrás 10 días para pagarla tras la admisión de tu solicitud a trámite.
Descargar tasa 790 052 en PDF (cómo descargar)
Lo primero que deberás hacer para pagar la tasa 052 es entrar en esta página, seleccionar tu provincia y rellenar el formulario (seleccionando el tipo de autorización en cuestión).
Allí podrás descargar el documento en formato pdf (a través del botón “Obtener Documento”).
Cómo rellenar y pagar el modelo 790 código 052
Una vez descargado el documento siguiendo el enlace de la sección anterior, deberás imprimirlo y acudir a cualquier entidad bancaria para realizar el abono correspondiente.
No obstante, también tienes la opción de pagarlo online a través de la pasarle de pago de la AEAT (en este caso a través del botón “Realizar Pago”).
En cualquier caso la clave será conseguir tu comprobante, documento fundamental y que deberás adjuntar en tu solicitud.
Precio de la Tasa 790 052
El precio exacto de esta tasa administrativa varía según el trámite en cuestión que vayas a solicitar.
Es decir, el coste será uno u otro según la autorización de residencia que solicites (o renueves).
A continuación te adjuntamos el listado con los diferentes importes según el trámite:
Prórrogas de estancia
- Prórroga de estancia de corta duración: 17,15 €
- Prórroga de estancia de corta duración con visado: 31,53 €
- Prórroga de la autorización de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado (titular principal y sus familiares): 17,15 €
Autorizaciones para residir en España
- Autorización inicial de residencia temporal (excepto por circunstancias excepcionales): 10,72 €
- Renovación de autorización de residencia temporal: 16,08 €
- Autorización de residencia temporal por modificación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales: 16,08 €
- Residencia independiente de familiares reagrupados: 16,08 €
- Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales: 37,52 €
- Autorización de residencia de larga duración y autorización de residencia de larga duración-UE: 21,44 €
Autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales: 10,72 €
Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE: 12,00€
Otros Documentos
- Autorización de inscripción de indocumentados: 21,44 €
- Cédula de inscripción: 3,21 €
- Autorización de regreso: 10,50 €
- Autorización excepcional de entrada o estancia: 17,15 €
- Asignación de Número de Identidad de Extranjero (NIE) a instancia del interesado: 9,64 €
- Certificados o informes emitidos a instancia del interesado: 7,17 €
- Autorización de expedición de Carta de invitación: 73,57 €
- Carta de invitación: 6,42 €
- Compulsa y desglose por cada documento relativo a la Carta de invitación: 1,07 €
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