Residencia por pareja de hecho: consigue los papeles

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pareja de hecho para conseguir los papeles

Requisitos, proceso legal y todo lo que tienes que saber para conseguir la residencia por pareja de hecho en España.

Este es sin duda uno de los caminos más recomendados y usados por extranjeros de todo el mundo para conseguir sus papeles en España, y este artículo resuelve todas tus dudas al respecto.

En la gran mayoría de las ocasiones, dos personas que mantienen una relación afectiva deciden formalizarla a nivel legal como muestra de todo ese afecto, y con el objetivo de afianzar de manera más profunda el vínculo.

No obstante, fuera de lo puramente simbólico o amoroso, existen otras ventajas asociadas con este registro legal.

¿Cuáles son?

  • Lo primero, agilidad. Ya vimos en nuestro post sobre las diferencias entre matrimonio y pareja de hecho cómo esta última opción era mucho más rápida y requería menos requisitos para su conclusión.
  • Por otro lado, a nivel legal es menos vinculante en ciertos aspectos a largo plazo.
  • No obstante, además de estas ventajas, existe otra que hace que muchos extranjeros que no tenían previsto darle validez legal a la relación con su pareja se lo replanteen por completo: poder conseguir la residencia por pareja de hecho.

Exploremos este último punto con más detalle.

Un ciudadano extracomunitario que sea pareja de hecho registrada de un ciudadano de la Unión Europea, el EEE o Suiza puede solicitar la tarjeta de residencia de familiar comunitario.

Si la pareja es de nacionalidad española, desde la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024 (20 de mayo de 2025), el trámite correspondiente es la autorización de residencia de familiar de español, un régimen propio y distinto del comunitario. Ambas vías se explican en este artículo.

A continuación, en este artículo analizamos cómo funciona el proceso legal paso a paso desde el registro de la pareja hasta la consecución final de la residencia o de los papeles en el territorio español.

Requisitos para solicitar residencia por pareja de hecho

A continuación te dejamos un breve listado de los requisitos que deberás cumplir para poder solicitar la residencia por pareja de hecho en el territorio español:

  • En primer lugar, demostrar el vínculo con el familiar español o europeo. Es decir, aportar el registro de vuestra pareja de hecho.
  • En segundo lugar, demostrar la posesión de medios económicos suficientes. Hablamos de 8.803,20 euros anuales o 628,8 euros mensuales en 14 pagas. Estos fondos pueden ser demostrados mediante contrato de trabajo en caso de tenerlo, o bien mediante la disposición de estos fondos en cuenta bancaria.
  • Finalmente, la pareja que solicita la residencia deberá disponer de cobertura sanitaria completa, ya sea a través de sus contribuciones a la Seguridad Social si está empleado/a, o bien a través de un seguro médico privado.

Proceso paso a paso para conseguir los papeles por pareja de hecho

Podemos dividir el proceso de conseguir los papeles tras haber registrado una pareja de hecho en tres fases diferenciadas:

  • entrar a España
  • formalizar la unión civil o pareja de hecho
  • Finalmente solicitar el permiso de residencia que corresponda según la nacionalidad de tu pareja:
    • La tarjeta comunitaria si es ciudadana de la UE/EEE/Suiza
    • La residencia de familiar de español sí tiene nacionalidad española.

Se trata de un proceso que puedes realizar al completo desde España, entrando como turista, y sin necesidad de volver a tu país de origen en ningún momento.

Veamos cómo funciona exactamente.

1. Entrada a España

El primer paso en este proceso consiste en que el ciudadano extracomunitario (el que quiere conseguir los papeles), efectúe la entrada a España como turista.

Para ello, y tal y como vimos en nuestro post sobre cómo traer a tu pareja a España, debemos diferenciar entre los casos en los que este ciudadano extranjero sea originario de un país que requiere visado para entrar a España vs. si es de uno que no.

Puedes acceder aquí al listado completo de países que no requieren visado.

Puedes seguir leyendo este post para encontrar más información, o si lo prefieres puedes preguntar directamente a nuestros abogados de extranjería:

Entrada si la pareja procede de un país que no requiere visado

Si el ciudadano extracomunitario es de un país que tiene convenio con España y no debe solicitar visado de turista para cruzar la frontera española, el proceso es un poco más fácil.

Simplemente deberá viajar al territorio español y reunirse con el ciudadano español/europeo, sin ningún trámite previo.

Entrada si la pareja es original de un país de requiere visado para entrar a España

No obstante, si el solicitante de los papeles es de un país que sí requiere visado, entonces el procedimiento se iniciará en el consulado español ubicado en el país de origen.

Pues para poder entrar a España deberá primero solicitar un visado como familiar de comunitario o de español (para luego, una vez que entre al territorio español, poder conseguir la tarjeta comunitaria).

Para ello deberá demostrar, ya en el consulado, los siguientes 3 requisitos:

  • Que efectivamente existe una relación afectiva con su pareja, que se encuentra en España
  • Que la pareja es ciudadano de la UE/española
  • Y que dispone de voluntad, manifiesta, de reagruparle

2. Registro de la pareja de hecho

Una vez el ciudadano de fuera de la Unión Europea entra en España, este tiene un plazo de tres meses (lo que dura su visado de turista) para poder formalizar el proceso (aunque, como ahora veremos, una vez solicitada la tarjeta comunitaria no habría inconveniente si se queda en situación irregular).

Así, el siguiente paso será formalizar la pareja de hecho, algo que puedes hacer de dos formas: mediante escritura pública ante notario, o inscribiéndoos en el registro de uniones de hecho de tu comunidad autónoma

Y, en ese sentido, tendrías dos opciones:

  • Registrar la pareja de hecho en España directamente (o en cualquier otro país de la Unión Europea), algo que te recomendamos por facilidad en el trámite
  • O hacerlo fuera de la UE, pero en este caso el certificado de pareja de hecho no sería válido en España y deberías realizar una convalidación para registrarla finalmente en España

Requisitos para el registro de la pareja de hecho

Algo fundamental y que debemos tener en cuenta es que los requisitos para registrar la pareja de hecho cambian según la Comunidad Autónoma en la que te encuentres.

En algunas CCAA se pide un periodo de convivencia mínimo que puede variar entre 1 o 2 años; mientras que en otras únicamente se pide un certificado de empadronamiento conjunto.

No obstante, los siguientes son los requisitos que deberás cumplir en cualquier caso:

  • Ninguno de los dos miembros de la relación pueden haber contraído matrimonio
  • Los dos miembros de la pareja deben ser mayores de edad
  • Deben estar empadronados conjuntamente en el mismo domicilio y municipio
  • Se deberá aportar documento de identificación de ambos miembros (DNI/pasaporte)
  • Si hay periodo mínimo de convivencia, se deberán aportar pruebas que lo demuestren

Puedes encontrar aquí todos los detalles (extendidos) para registrar tu pareja den este post.

Ten en cuenta que es totalmente posible completar el registro de la pareja estando en situación irregular.

3. Solicitud de la tarjeta como familiar de comunitario

Una vez se haya inscrito la pareja de hecho, el ciudadano extracomunitario tendrá ahora una relación reconocida a nivel legal con un ciudadano de la UE, algo que le genera el derecho a conseguir la residencia en España.

Así, el siguiente paso será solicitar la tarjeta de residencia como familiar de comunitario ante la oficina de extranjería.

Este proceso puede realizarse de manera totalmente online.

En esta solicitud, se deberá aportar:

Finalmente, y si bien no es necesario demostrar que exista dependencia económica, el ciudadano europeo deberá demostrar solvencia económica suficiente. Para ello, existen dos opciones diferentes:

  • Si trabaja y está dado/a de alta en la Seguridad Social,  aportar el contrato de trabajo será suficiente
  • Si no trabaja, deberá aportar un certificado bancario demostrando la posesión de fondos suficientes (hablamos de unos 10.000€ anuales)

4. Solicitud de la tarjeta como familiar de español

Una vez se haya inscrito la pareja de hecho ante notario, el ciudadano extracomunitario tendrá ahora una relación reconocida a nivel legal con un ciudadano español, algo que le genera el derecho a conseguir la residencia en España.

Así, el siguiente paso será solicitar la tarjeta de residencia como familiar de español ante la oficina de extranjería.

Este proceso puede realizarse de manera totalmente online mediante Mercurio o en las oficinas de extranjería o consulados según el caso.

En esta solicitud, se deberá aportar:

  • Certificado de registro de la pareja de hecho
  • Modelo EX-24, que puedes descargar aquí
  • DNI del ciudadano español
  • Pasaporte del extracomunitario
  • Certificado de antecedentes penales

Tiempo de resolución y siguientes pasos

Tras presentar la solicitud, y en un plazo de 3 meses (aunque con la demora actual este plazo podría alargarse hasta los 5-6), el extracomunitario podrá ya acudir a la oficina de extranjería para registrar sus huellas, y volver un mes musa tarde para conseguir esta tarjeta de residencia por 5 años.

¿Y qué sucede si me quedo en situación irregular?

Tal y como hemos comentado, en principio tienes 3 meses en total para realizar este trámite, pues tras pasar 90 días, la vigencia de tu visado de turista se terminaría y, por ende, pasarías a estar en situación irregular.

No obstante, una vez que presentes la solicitud de tu tarjeta comunitaria, lo más habitual es que no recibas una respuesta rápida, sino que tu resolución favorable venga a los 3, 4 o incluso 5 meses.

Esto, obviamente, implicaría que entrarías en situación irregular.

Pero al haber presentado ya tu solicitud, no habría ningún problema: el trámite sigue siendo igualmente posible y no afectaría a su resultado.

Así, te recomendamos que consideres estos 90 días como indicativo de que deberías realizar cada paso lo más rápido posible, y conocer los requisitos de antemano de manera clara para evitar demoras innecesarias.

Y, para agilizar todavía más el procedimiento y asegurar el éxito en todas y cada una de las etapas, nuestra sugerencia es que te pongas en contacto con nuestro equipo de abogados experto en este trámite para que podamos asesorarte y guiarte paso a paso.

¿Puedo conseguir la nacionalidad por pareja de hecho?

No, la pareja de hecho no reduce por sí misma el plazo para solicitar la nacionalidad española.

¿Qué significa esto?

Como sabrás, existen varias formas de conseguir la nacionalidad en España.

Esa reducción a 1 año solo existe para quienes están casados con un ciudadano español y llevan al menos un año de matrimonio sin separación legal ni de hecho.

Lo que sí puede ocurrir es que, gracias a la tarjeta de residencia obtenida por pareja de hecho, empieces a acumular años de residencia legal en España.

Y si eres originario de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, el plazo general para pedir la nacionalidad por residencia se reduce a 2 años, pero esta reducción depende de tu nacionalidad de origen, no de tener pareja de hecho: se aplicaría igual con cualquier otra vía de residencia legal.

Para el resto de nacionalidades, la pareja de hecho no acorta el camino a la nacionalidad; el matrimonio sí lo hace

¿Se puede hacer pareja de hecho si ya tengo una tarjeta de residencia?

. Tener ya una tarjeta de residencia, por ejemplo, por arraigo o por cualquier otro permiso, no impide registrar una pareja de hecho ni solicitar después la tarjeta comunitaria o la residencia de familiar de español, siempre que cumplas los requisitos de convivencia y empadronamiento de tu comunidad autónoma

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