Cómo traer a tus padres a España

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cómo traer a tus padres a España

Si tus padres se encuentran en su país de origen y te gustaría traerles a España contigo, sigue leyendo. En este artículo analizamos las 6 vías principales que tienes para lograrlo. Veremos qué camino deberás seguir según tu condición en España para reagrupar a ascendientes, qué requisitos deberás cumplir en cada caso, y cómo funciona el proceso a nivel legal.

Reagrupar a tus padres y traerles de manera legal al territorio español es algo totalmente posible, y existen varias formas para hacerlo.

Los requisitos concretos para reagrupar a tus ascendientes van a depender del tipo de vía que persigas, y estas se agrupan en tres grandes regímenes:

  • Régimen comunitario, si eres ciudadano de la UE la EEE o Suiza (excepto España)
  • Régimen extraordinario, si eres español
  • Régimen general, si eres ciudadano no comunitario
  • Ley de Emprendedores, en el caso de que siendo ciudadano de fuera de la UE dispongas de una tarjeta de residencia bajo la ley de emprendedores (como el visado de emprendedor o permiso como trabajador altamente cualificado)

A continuación en este artículo analizamos las diferentes opciones dentro de cada caso, y veremos los requisitos para cada opción al detalle. 

Traer a tus padres con visado de turista

La primera opción (y también la más sencilla) es traer a tus padres con visado de turista. En esta opción realmente no los estás “trayendo”, sino que los invitas a venir.

Es decir, bajo este supuesto podrían venir a España por un plazo máximo de 90 días para visitarte, y los requisitos son fáciles de cumplir.

Lo primero que deberán tener en cuenta es si su país de origen requiere visado o no para entrar a España, ya que en caso de que lo requiera, deberán completar este trámite antes de viajar al territorio español

Te dejamos aquí el listado completo con todos los países que requiere visado para entrar a España.

Además, el caso habitual es que los padres se alojen en casa del extranjero que vive en España (su hijo/a), hecho que requiere que solicitaras una carta de invitación conforme demuestras que van a hospedarse en tu domicilio durante la duración de su estancia por turismo.

En este otro artículo encontrarás todos los requisitos para entrar como turista al territorio español.

Traer a tus padres por tarjeta comunitaria

Pasemos ya a los casos en los que puedes traer a tus padres para que se queden en España a largo plazo.

El primero de estos casos es hacerlo mediante la tarjeta comunitaria, camino que deberás seguir si eres ciudadano de la Unión Europea, de la EEE o de Suiza.

En estos supuestos tus padres podrán solicitar la tarjeta comunitaria.

Pero aquí encontramos un requisito clave, que a veces genera muchos problemas: deberás demostrar la dependencia económica.

Es decir, demostrar que durante los últimos años (o un tiempo razonable) tus padres han dependido económicamente de ti (y de ningún otro familiar) ya sea en el país de origen o en España.

Debe verse claramente que su único sustento vital es el dinero que les mandas mes a mes, algo que debes haber hecho de manera constante durante este periodo.

Por otro lado, no hay ningún tipo de requisito a nivel de edad: puedes traer a tus padres por más que no tengan 65 años.

Pese a que este es un requisito fundamental, existen muchos otros que deben cumplirse, también para el familiar comunitario que pretende traer a sus padres, como, por ejemplo, trabajar en territorio español.

En el caso de traer a tus padres bajo el régimen comunitario, serán ellos mismos quienes inicien el proceso legal.

¿Dónde?

La solicitud de la tarjeta comunitaria se hace desde España, en la oficina de extranjería o comisaría de policía de la zona donde se vaya a residir el tiempo que esté en España. Depende:

¿Tienes dudas? Sigue leyendo para más información o pregúntanos lo que sea:

 

Traer a tus padres como familiar de ciudadano español

Si eres español, tus padres extranjeros ya no se reagrupan como arraigo familiar ni por régimen comunitario: cuentan con su propia autorización, la residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.

Esta vía tiene ventajas claras frente al régimen general:

  • La tarjeta que te conceden es de 5 años, y te permite trabajar por cuenta ajena o propia sin trámites adicionales
  • Si tu padre o madre tiene 80 años o más, no hace falta demostrar que está a tu cargo (se presume la dependencia)
  • Si tiene menos de 80 años, sí deberás acreditar que está a tu cargo y que carece de apoyo familiar en su país de origen (o que existen razones humanitarias)
  • No es necesario que seas español de origen, basta con tener la nacionalidad española

El trámite puede iniciarse en España (si tu padre o madre también está aquí) o desde el consulado español de su país de origen si aún no ha viajado.

Traer a tus padres por reagrupación familiar

Por otro lado, encontramos la reagrupación bajo el régimen general, que se dará en aquellos casos en los que el hijo/a disponga de una autorización de residencia por 5 años (larga duración) y sea de fuera de la Unión Europea. Además, tu permiso de residencia debe tener una validez de como mínimo un año más en el momento en que solicitas la reagrupación familiar.

Lo negativo en este caso es que este trámite únicamente está reservado para reagrupar a padres mayores de 65 años (aunque encontramos excepciones, por ejemplo si tu padre tiene 65 y tu madre menos, podrías reagruparles a los dos).

Pero, por otro lado, lo positivo es que los requisitos están mucho más establecidas y son más claros.

Los requisitos para la reagrupación familiar son:

  • Aportar un informe de vivienda adecuada (conforme tus padres dispondrán de su propia habitación en tu casa)
  • Demostrar que percibes ingresos estables (como reagrupante). Es decir, que ganas, por lo menos, 150% del IPREM (esto son 900€ al mes como mínimo) para reagrupar a un único ascendiente (es decir, que seáis dos personas, tú y tu madre, o tú y tu padre), y 50% extra si también traes a un segundo. Puedes encontrar aquí el IPREM actualizado.
  • Además, tus padres deberán disponer de seguro médico privado o tener coberturas sanitarias por parte de la seguridad social (básicamente, si trabajan en España).

¿Y cómo funciona el proceso legal?

  1. En primer lugar, el proceso se inicia en la oficina de extranjería de la ciudad en la que vivas (es decir, lo iniciarás tu como reagrupante), donde deberás presentar toda la documentación que demuestre los requisitos antes vistos.También existe la posibilidad de hacerlo telemáticamente mediante la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (Mercurio).
  2. Tras analizar los documentos que presentes (y en caso de que esté todo correcto), la oficina de extranjería emitirá una respuesta favorable en un plazo de dos meses. Si no contesta la solicitud, se entiende desestimada por silencio de la Administración. 
  3. Con esta respuesta tus padres podrán solicitar un visado en el consulado español ubicado del país en el que se encuentren
  4. Y, con este visado, podrán ya viajar y entrar a España, donde solicitarán su tarjeta de residencia física. Es muy importante que esto lo hagan en un plazo de dos meses desde la concesión de la regularización. Si no lo hacen en menos de dos meses, ya no podrán venir con motivo de reagrupación familiar.

Traer a tus padres bajo la ley de emprendedores

Por otro lado, también es posible reagrupar a tus padres con un visado bajo la Ley de Emprendedores.

Es decir, si te encuentras en el país con una golden visa, residencia para investigación o un altamente cualificado, puedes traer a tus ascendientes en un trámite bastante ágil y rápido.

Deberás solicitar una autorización para familiar a cargo (demostrar esta dependencia vuelve a ser el requisito fundamental) de manera online a la UGE (Unidad de Grandes Empresas), que emitirán respuesta de manera bastante rápida.

En caso de recibir una respuesta positiva, el familiar (padre o madre) podrá solicitar un visado desde el país de origen.

Traer a tus padres con la residencia no lucrativa

Es posible que después de ver los casos anteriores ninguno encaje al 100%, y lo más probable es que eso sea por la incapacidad de demostrar la dependencia económica y los envíos de dinero.

Así, si tus padres disponen de fondos suficientes, existe una última vía que puede ser la más adecuada.

Hablamos de la residencia no lucrativa, una autorización que permite residir en España sin trabajar y que se concede a aquellos capaces de demostrar que disponen, por lo menos, de 28.000€ en su cuenta bancaria y que han contratado un seguro médico privado.

Así, simplemente con demostrar estos requisitos en la solicitud de uno de tus ascendientes, es posible incluir a su cónyuge simplemente incrementando marginalmente los fondos a demostrar (a través de una solicitud conjunta).

Requisitos para traer a tus padres a España de vacaciones

Si quieres traer a tus padres de vacaciones, tendrás que seguir el proceso y requisitos que te hemos detallado más arriba en el apartado «traer a tus padres con visado de turista».

Pues que vengan de vacaciones significa que pueden quedarse por un máximo de 3 meses en el territorio español, lo que requiere un visado de corta duración (o visado de turista).

Recuerda que aquí lo más importante será que emitas una carta de invitación confirmando que les alojarás en tu domicilio durante todas y cada una de las noches que vayan a estar en España.

Cómo reagrupar a otros familiares diferentes a los ascendientes

Hasta aquí hemos visto las 5 vías para reagrupar a tus padres y traerles contigo a España.

Pero el reglamento de extranjería va más allá, y también te permite reagrupar y traer a tu pareja; además de otra tipología de familiares.

Te dejamos aquí un enlace a una guía completa sobre la reagrupación familiar en la que encontrarás todos los detalles.

Y, si tienes dudas, nuestros abogados de extranjería están a tu completa disposición. Ponte en contacto con nosotros y te brindaremos asesoramiento legal personalizado.

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