¿La solicitud inicial de tu permiso de residencia o renovación de tarjeta ha sido denegada? Entonces no te preocupes. ¡Tiene solución y es más fácil de lo que crees! En este artículo te explicamos al detalle cómo ejecutarla. Analizaremos todo lo que debes saber sobre los recursos en materia de extranjería para apelar a decisiones de la administración, con los que podrás conseguir tu tarjeta tras una denegación. Veremos los distintos tipos (recursos de alzada y de reposición), requisitos, plazos y cómo funcionan exactamente.
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Toggle¿Qué es un recurso en extranjería?
Un recurso es una notificación a la oficina de extranjería por la que anunciamos que no estamos de acuerdo con la decisión tomada en relación a nuestro expediente, y pedimos de manera explícita que se vuelva a estudiar con detenimiento.
Se trata de un escrito de carácter formal en el que comunicamos el desacuerdo con la denegación de nuestra solicitud de residencia o renovación y pedimos una revisión en base a un motivo viable y contemplado por la ley.
De manera más técnica, el recurso permite al ciudadano extranjero recurrir las decisiones de la administración pública, sea cuál sea su situación legal.
Es decir, supón que has presentado tu solicitud para conseguir tu arraigo social, tarjeta comunitaria, reagrupación familiar o la renovación de tu residencia de larga duración. Después de preparar toda la documentación, invertir tiempo y dinero y esperar durante 3 meses… entras a la Sede Electrónica para verificar el estado de tu expediente y ves una respuesta desfavorable: no te conceden la tarjeta.
Será en esos casos en los que debas presentar un recurso, ya que éste te permitirá “discutir” la decisión y conseguir una solicitud favorable finalmente.
En ese sentido, ¿a qué órganos o instituciones puedes recurrir?
A decisiones o resoluciones tomadas por parte de la oficina de extranjería, delegaciones o subdelegaciones del gobierno, y por los diferentes consulados españoles repartidos por todo el mundo.
Tipos de recurso
En materia de extranjería encontramos dos tipos de recursos diferentes que nos permitirán apelar la decisión de una solicitud rechazada:
- Recurso de reposición, si el órgano competente que decide es el mismo que rechazó la solicitud (se encuentra al mismo nivel jerárquico). Se puede presentar online aquí.
- Recurso de alzada, si el órgano encargado es el inmediatamente superior a nivel jerárquico del que rechazó la solicitud (de ahí su nombre “alzada”). Es decir, si hemos solicitado la residencia y ha sido rechazada por parte de la oficina de extranjería, el recurso de alzada irá dirigido a la delegación o subdelegación del gobierno correspondiente.
No obstante, debemos tener en cuenta que ambos son recursos administrativos; es decir, es el poder Ejecutivo quién decide (la Administración Pública).
Pero hay más.
Imaginemos que hemos emitido un recurso de alzada, y éste ha sido desestimado. En ese caso habremos agotado la vía administrativa, y podremos pasar a la vía judicial en lo que se conoce como un recurso contencioso-amdministrativo. El plazo aquí es superior, ya que puede tardar hasta 3 meses, y será el Poder Judicial quien decide (Juzgados o Tribunales).
Es importante mencionar que no podemos acceder a la vía contenciosa (si estamos en desacuerdo con la decisión del órgano ejecutivo) hasta que no hayamos pasado antes por la vía administrativa. Es decir, no puedes saltar directamente a hacer un recurso contencioso sin haber hecho antes uno administrativo.
¿Tienes dudas? Nuestros abogados de extranjería te asesoran de manera personalizada:
¿Vale la pena presentar recurso? Principales ventajas
Si te han denegado la solicitud inicial o renovación, nuestra recomendación es iniciar un recurso SIEMPRE.
Y esto tiene una serie de motivos o ventajas que hacen que el recurso solo pueda beneficiarte:
- En primer lugar, no hay ninguna tasa ni coste asociado, realizarlo es totalmente gratuito.
- Estarás más protegido /a legalmente y no podrás recibir un expediente de expulsión, ya que eso sería ilegal (en caso de recibir uno, lo podrías recurrir).
- Del punto anterior derivamos que durante el recurso seguirás disponiendo del derecho a vivir legalmente en España; es decir, recibes el derecho de estancia.
- Pasado un mes, volverás a tu situación anterior (ya sea residencia en trámite o renovación en trámite); por lo que puedes volver a residir/trabajar legalmente.
- Al mismo tiempo que el recurso está en marcha puedes volver a presentar tu solicitud o una distinta; con lo que tus probabilidades de éxito rápido aumentan.
¿Cómo funciona?
Como ya hemos comentado, se trata de un escrito de carácter formal que deberás preparar y entregar.
Tienes 1 mes para presentar el recurso ante el órgano que emitió la denegación (o ante el superior jerárquicamente) desde el día siguiente al que recibiste la notificación denegatoria.
Y aquí encontramos una consideración importante, pues no debemos confundir con el plazo en el que se dicte sentencia.
Es decir, si la solicitud de tu tarjeta o renovación se califica como denegada el día 30 de enero, pero no recibes la notificación pertinente hasta el 15 de febrero, el plazo de un mes no empieza a contar hasta el 16 de febrero. Y terminaría el 16 de marzo, pues no se cuenta en días, sino en mes entero.
Por otro lado, y para seguir con el proceso legal, aunque mandes tu recurso a la oficina de extranjería, será el órgano superior quien lo resuelva: un juez.
Este juez emitirá sentencia y la mandará a la oficina de extranjería. Una vez lo analicen, y si sale favorable, te harán llegar una carta con la estimación favorable. Y eso es equiparable a cuando obtienes un permiso por primera vez: deberás pedir cita para las huellas y recoger tu tarjeta.
¿Qué debe incluir el recurso de extranjería?
Es muy importante que entiendas que no hay una fórmula mágica o plantilla que sea válida para confeccionar todos los recursos. Cada caso es particular y totalmente diferente, y crear un recurso individualizado y en base a las necesidades del caso en cuestión será la única manera de que tenga éxito.
No obstante, te dejamos el listado de elementos comunes que cualquier recurso debe incluir:
- Nombre y apellidos del extranjero
- NIE o número de identificación
- El acto por el que se está recurriendo y la razón de la impugnación
- Órgano o institución a la que mandamos el recurso, con su pertinente código de identificación
- Todas las particularidades que nos permiten apelar la decisión de manera razonable y en base a supuestos legales
- Fecha, firma y lugar de firma del recurso
Como conclusión, si bien es cierto que lo podrías crear y presentar tu mismo el recurso incluyendo estos elementos, no es algo que te recomendemos. Pues, de nuevo, redactar uno requiere conocimiento sobre la ley.
Es decir, si realmente quieres que sea efectivo deberá estar preparado por un abogado tras estudiar el caso al detalle. ¿Por qué? Para detectar algún fallo en la resolución, minimizando así las posibilidades de una segunda denegación.
Así, simplemente tienes que mandarnos un mail a [email protected] y nuestro equipo de abogados expertos en materia de extranjería te ayudará a confeccionar el tuyo y a lograr que acepten finalmente tu solicitud de residencia.
¿Cuánto tarda un recurso de alzada?
El tiempo máximo que la administración tiene para dar respuesta es de 3 meses, tanto para el recurso de alzada como para el de reposición.
No obstante, según en la comunidad autónoma en la que te encuentres es probable que tarde menos de 90 días. Pues la tardanza depende en gran medida del número de solicitudes a revisar, y en aquellas regiones en las que hay menos extranjeros los trámites van mucho más rápido.
Ten en cuenta que si pasado ese plazo temporal de 1 mes no has recibido respuesta, el recurso se entenderá como desestimado por silencio administrativo negativo.
¿Qué puedes hacer entonces? En ese caso ya se te abre la vía contencioso-administrativa, por lo que podrás apelar a la decisión de la administración pública ante un tribunal o juzgado.
Si me han denegado la tarjeta y he interpuesto un recurso, ¿puedo viajar?
No. Si has interpuesto un recurso administrativo no puedes salir de España. Pues tendrías serios problemas al regresar e intentar volver a entrar al país.
Es decir, no es lo mismo que cuando hay una renovación en trámite, momento en el que se puede solicitar una autorización de regreso y salir. Esta autorización de regreso avala que nuestra tarjeta esta siendo renovada, y actúa como comprobante, sustituyendo a la propia tarjeta.
No obstante, si iniciamos un recurso es porqué nuestra renovación o solicitud inicial han sido rechazadas, por lo que no es equivalente a estar en trámite. Es por eso que no podremos solicitar una autorización de regreso y entrar libremente de vuelta.
Nuestra recomendación es que te quedes en España durante el mes que tarde la resolución del recurso.
La mejor manera de que conseguir un recurso favorable
Sin duda se trata de un momento crítico. Te acaban de rechazar la solicitud de residencia, y el recurso es tu última alternativa. Si lo rechazan también, deberás salir de España obligatoriamente y pierdes la posibilidad de residir en el país.
Por lo que asegurarte de que el recurso es favorable es esencial.
¿Cuál es la clave del éxito en ese sentido?
Pues bien, existe una estrategia infalible y a la que deberías acudir sin lugar a dudas: evitar tener que recurrir.
La clave de un recurso favorable es evitar que te rechacen tu solicitud de renovación o de tarjeta inicial. Así de sencillo.
Para ello tienes que tener muy en cuenta cuáles son los requisitos específicos para tu trámite. Si te aseguras de cumplir todo lo que la ley en materia de extranjería pide, es casi imposible que rechacen tu solicitud, por lo que nunca tendrás que llegar al punto de necesitar recurrir.
Así, nuestro consejo es que hables con una abogado antes que nada.
Infórmate de manera exhaustiva qué se necesita para solicitar tu permiso de residencia o renovarlo, y deja que se encarguen de todo.
Tener que recurrir es una situación nada ideal, pero con un poco de planificación previa la podrás evitar.
En ese sentido, nuestro equipo de abogados está a tu disposición para ayudarte con tu trámite:
Pide cita con nuestros abogados a continuación y deja que nuestros expertos te guíen paso a paso:
Hola se puede solicitar un arraigo familiar y al recibir denegada por parte administrativa se puede pedir tarjeta comunitaria .? O se pueden tramitar ambas al mismo tiempo y esperar cuál será admitida? Gracias.
Para poder valorar cuál sería su mejor opción, lo ideal sería poder tener una consulta con usted para que uno de los abogados la asesore teniendo en cuenta su caso. Puede enviar un email a [email protected]
Hola, me archivaron mi expediente por un requerimiento que nunca me llegó, y recurrí al recurso de alzada y llevo 4 meses y no a resibido respuesta alguna, que podría hacer.
Lo ideal sería poder tener una consulta con usted para que uno de los abogados la asesore teniendo en cuenta su caso. Puede enviar un email a [email protected]
Buenos días!
Ayer (26/05) me negaron la autorización de residencia de larga duración (lo comprobé en la página https://sede.administracionespublicas.gob.es. Me gustaría saber como puedo impugnar esta decisión? Gracias
Hola! Escríbenos a [email protected] y te ayudaremos.