Arraigo Laboral en España

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arraigo laboral

En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre el arraigo laboral (requisitos, documentos y proceso de solicitud). Pero antes de empezar, una nota importante.

El arraigo laboral era un concepto establecido en el RD 557/2011, relacionado con la Ley Orgánica 4/2000 (ley de extranjería).

A partir de 2025, es de aplicación el RD 1155/2024, con sus respectivas instrucciones, en particular la SEM 1/2025, donde la antigua figura del arraigo laboral cambia tanto en forma como en fondo a lo que hoy conocemos como el arraigo sociolaboral.

El arraigo laboral fue, hasta el 20 de mayo de 2025, un tipo de residencia por circunstancias excepcionales que pueden obtener los extranjeros que han residido en España durante 2 años y se encuentran actualmente en una situación irregular.

Es decir, se trataba del procedimiento de extranjería que les permitía a las personas que habían perdido sus documentos y que habían estado en el territorio español durante 24 meses regularizar su situación y conseguir un permiso de residencia regular.

No obstante, a diferencia de los otros tipos de arraigo, el arraigo laboral presentaba una particularidad que lo torna un poco complejo.

Para solicitar el arraigo laboral, el extranjero debía demostrar una relación laboral de un mínimo de 6 meses, 30 horas a la semana. Es decir, que durante los 2 años en España, debía haber trabajado legalmente durante 183 días por lo menos.

Legislación relacionada

Todo lo dispuesto en relación a la residencia por circunstancias excepcionales, tal y como se aplicó hasta el 20 de mayo de 2025, estaba especificado dentro de la ley orgánica 4/2000, en en real decreto 557/2011.

Arraigo laboral requisitos

A continuación encontrarás los requisitos que fueron necesarios para solicitar el arraigo laboral:

  • Carecer antecedentes penales, tanto en España como en tu país de origen o allí donde hayas estado viviendo durante los últimos 5 años.
  • No ser ciudadano UE
  • No tener familiares aquí, ya que de ese modo deberías optar por arraigo familiar
  • El más importante: demostrar la relación laboral. Es decir, que has trabajado legalmente en España durante un mínimo de 6 meses, 30 horas a la semana. O, durante un mínimo de 12 meses, 15 horas a la semana.
  • Número NIE si lo hemos tenido en algún momento.
  • Demostrar que llevas 2 años en España. Este es uno de los arraigos que se pueden solicitar antes de 3 años. Si llevas menos tiempo, es muy posible que en un futuro puedas acogerte a un nuevo tipo de permiso de residencia que entrará en vigor tras la nueva reforma de extranjería que no exigirá tiempo de residencia. Todos los detalles aquí.
  • Otras pruebas que demuestren la duración de tu estancia continuada: como tarjetas sanitarias, sello de entrada en el país, etc.
  • Pago de la tasa correspondiente

De nuevo, nota importante: Ninguno de estos requisitos es aplicable ya. Si estás valorando este trámite hoy, consulta los requisitos vigentes del arraigo sociolaboral.

¿Cómo puedo acreditar la relación laboral?

Como hemos mencionado, como requisito para optar a este arraigo debes haber estado trabajando legalmente, lo que implica un contrato laboral. Puedes presentar este contrato para acreditar la relación laboral.

El extranjero también puede demostrar el mínimo de 6 meses requeridos a través del informe de vida laboral

Es lo que sucede con muchos titulares de una tarjeta roja que solicitan el arraigo laboral.

Documentación para arraigo laboral

A continuación analizamos el listado de documentos que fueron necesarios presentar para solicitar y conseguir con éxito el arraigo laboral:

  • En primer lugar, el Formulario EX-10 debidamente rellenado
  • Copia completa de tu pasaporte, que debe tener una validez mínima de 4 meses
  • Documentación, que debe haber sido emitida por parte de una Administración Pública española, que acredite que efectivamente llevas 2 años (como mínimo) en España. Hablamos de, por ejemplo, el padrón.
  • Certificado de antecedentes penales de los países en los que hayas vivido durante los últimos 5 años
  • Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales, a través de la Vida Laboral

¿Cómo solicitar el arraigo laboral en España?

  1. Reunir la documentación para arraigo laboral necesaria que hemos detallado anteriormente.
  2. Presentar la solicitud de arraigo laboral, existen 2 formas de tramitar la solicitud:
    • Vía telemática: accede a la Plataforma Mercurio del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Inicia sesión con tu certificado digital y sube toda la documentación.
    • Vía presencial: si no dispones de un certificado digital, deberás pedir cita previa en la Oficina de Extranjería que corresponda según tu empadronamiento. Acude en la fecha indicada con todos los documentos en formato original y copia.
  3. Esperar la resolución, la administración tiene 90 días para responder a tu solicitud. Aquí comprobará si cumples con todos los requisitos necesarios. Puedes consultar el estado de tu expediente en línea a través del portal de extranjería.
  4. Si la solicitud es aprobada: recibirás la resolución favorable y tendrás 1 mes para tramitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).

  5. Si la solicitud es denegada: podrás interponer un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo, dependiendo del motivo de la denegación.

Ten en cuenta que esta autorización te permite residir en España durante 1 año.

Pasado este periodo, podrás realizar una renovación del arraigo laboral. Pero para ello será muy importante haber cotizado; es decir, haber estado trabajando para alguna empresa. Puedes acceder aquí a una guía completa sobre cómo renovar el arraigo laboral.

Preguntas frecuentes sobre el arraigo laboral

A continuación analizamos algunas de las dudas más frecuentes que nuestros clientes nos suelen hacer sobre el arraigo laboral. 

Bajo el antiguo arraigo laboral, tras la reforma de 2022, el arraigo laboral para autónomos sí era una realidad y los autónomos podían acreditar la vía por cuenta propia (mínimo 6 meses de actividad continuada).

Pero esto ya no es así: el arraigo sociolaboral vigente excluye expresamente la acreditación por cuenta propia (art. 127.b RD 1155/2024). Quien trabaje como autónomo debe valorar el arraigo social.

Sí, ese fue el requisito del antiguo arraigo laboral. El arraigo sociolaboral vigente no exige un historial de meses trabajados en el pasado, sino un contrato de trabajo en vigor con jornada semanal conjunta ≥20h y salario ≥SMI o convenio.

Estos meses trabajados es algo que puedes acreditar a través del informe conocido como «Vida Laboral«.

Como sucede con el resto de arraigos, dispones de dos vías disponibles para solicitar tu arraigo laboral:

  1. De manera online o telemática, a través de la plataforma Mercurio. En este caso ten en cuenta que necesitarás un certificado digital
  2. De manera presencial, en la Oficina de Extranjería que te corresponda según tu domicilio

Sí. Si estuviste en España trabajando con tu visado de estudiante ya que viniste a cursar estudios superiores (por lo que disponías de manera implícita de una autorización para trabajar hasta 30 horas semanales), y has cumplido el plazo de 2 años, puedes solicitar el arraigo laboral.

Si bien es cierto que ambos tipos de arraigo requieren un contrato de trabajo y por eso mucha gente tiene a confundirlos, se trata de dos procedimientos totalmente distintos.

Así, ¿cuáles son las diferencias?

En primer lugar, el tiempo requerido de residencia en España. Mientras que para el arraigo laboral se trata de 2 años únicamente, para el arraigo social debes haber vivido 2 años en el país.

Por otro lado, la parte de la oferta laboral es también diferente.

Como ya hemos comentado, el arraigo laboral requiere haber trabajado legalmente en España. Esto no pasa con el arraigo social, cuyo requisito principal es disponer de una oferta de trabajo por parte de un empleador.

Es decir, si quieres solicitar el arraigo social no tienes que haber trabajado en España, pero sí tener la previsión de empezar a hacerlo de inmediato gracias a la oferta que has recibido

Por lo tanto, los requisitos para el arraigo laboral y los requisitos para el arraigo social son diferentes.

Ahora que ya sabes todos los requisitos, ¿te encuentras en situación de poder solicitar el arraigo laboral? ¿O en situación de solicitar el arraigo laboral con tarjeta roja?

Entonces no esperes más. Nuestro equipo de abogados de extranjería realizará todos los trámites legales por ti.

Y si todavía tienes dudas o te gustaría explorar otras vías para conseguir la residencia, respondemos todas tus preguntas en una consulta totalmente personalizada:

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Immigration Spain es una firma líder especializada en derecho de extranjería en España, con más de 40 años de experiencia ayudando a personas de más de 55 nacionalidades distintas en sus procesos migratorios. Con un equipo de abogados altamente especializados en normativa de extranjería, el despacho se dedica a ofrecer asesoría experta y acompañamiento en residencia, ciudadanía, permisos de trabajo y reagrupación familiar, entre otros servicios. Su compromiso con la actualización constante en cambios legislativos y el enfoque en las necesidades individuales de cada cliente convierten a Immigration Spain en un referente de confianza en el ámbito migratorio en España.

4 respuestas a «Arraigo Laboral en España»

  1. Para poder valorar cuál sería su mejor opción, lo ideal sería poder tener una consulta con usted para que uno de los abogados la asesore teniendo en cuenta su caso. Puede enviar un email a info@immigrationspain.es.

  2. yo tengo Diligencias previas.. pero no antecedentes penales.. aun puedo aplicar?

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