Diferencias Entre Reagrupación Familiar y Familiar de Comunitario

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diferencias entre reagrupación familiar y familiar de comunitario

Debido a las grandes similitudes existentes, muchas personas que desean traer a su familia a España los confunden. Pero la verdad es que el procedimiento de reagrupación familiar y el de familiar de comunitario de la UE son completamente diferentes.

En este artículo vamos a analizar las principales diferencias, así como todas las similitudes entre ambos. Después de leer este artículo sabrás exactamente qué hacer para traer a tus familiares al territorio español. ¿Estás listo/a?

Primero de todo empezaremos definiendo las principales similitudes entre ambos procedimientos legales.

LAS DOS OPCIONES TE PERMITEN TRAER A TU FAMILIA A ESPAÑA

Estos son los dos caminos que te darán la posibilidad de mudarte a España con tus familiares.

Aunque el procedimiento legal per se y los requisitos para hacerlo sean completamente diferentes, el resultado final es el mismo: vivir en España con tu familia.

POSESIÓN DE MEDIOS ECONÓMICOS SUFICIENTES

Aunque, como veremos más adelante, la cantidad requerida es diferente, hay una cosa cierta para ambos procedimientos.

Y es que en ambos casos deberás demostrar la posesión de fondos económicos suficientes para poder solicitar el visado para tus familiares de forma exitosa.

PRINCIPALES DIFERENCIAS

Vamos a profundizar ahora en las principales diferencias que existen entre el permiso de residencia como miembro de la familia de un ciudadano europeo y el procedimiento de reagrupación.

Esta es la parte más importante ya que te ayudará a aclarar tu mente y a definir exactamente a través de qué proceso podrás traer a tus seres queridos.

EL PAÍS DE ORIGEN DEL REAGRUPANTE

Esta es la diferencia que definirá qué ruta debes tomar:

Si tú, la persona que actualmente vive en España, eres ciudadano español o es de un país de la Unión Europea, el proceso que deben seguir tus familiares para venir a España es del visado por ser familiar de un ciudadano de la UE. El procedimiento será regulado por el régimen comunitario.

Por otro lado, si actualmente vives en España legalmente con tu permiso de residencia, siendo ciudadano de fuera de la UE, deberás iniciar el procedimiento de reunificación familiar para poder traerlos al país. En ese caso, la legislación aplicable será el Régimen General de Extranjería.

Los familiares que puedes traer a España

¿Cuáles son los familiares que podrán beneficiarse de cada procedimiento?

En el caso del proceso de reunificación familiar, las cosas son un poco más restrictivas. Puedes traer a España:

  • A tu pareja de hecho o cónyuge constituida a través de matrimonio.
  • Tus padres y los padres de tu cónyuge o pareja civil si tienen más de 65 años y hay razones suficientes para que vengan a España.
  • A tus hijos y los hijos de tu pareja/cónyuge siempre que sean menores de 18 años.

Si es el régimen comunitario el que se aplica en tu caso particular, el visado como familiar de comunitario puede ser solicitado por:

  • Tu cónyuge o pareja de hecho.
  • Tus hijos o hijas (o hijos de tu cónyuge/pareja civil) menores de 21 años.
  • Hijos o hijas mayores de 21 años a tu cargo (principalmente a nivel económico).
  • Tus padres o padres de tu cónyuge /pareja de hecho que están a tu cargo.
 
¿Tienes dudas? Nuestros abogados de extranjería las responden todas:

DURACIÓN Y VALIDEZ DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DE COMO FAMILIAR

Una vez que tus familiares hayan realizado todo el procedimiento legal, obtendrán una autorización de residencia en España, lo que les permitirá vivir legalmente en el país.

Pero, ¿por cuánto tiempo?

En el caso del permiso de residencia como miembro de la familia de un ciudadano de la UE, la tarjeta tendrá una validez de 5 años. Una vez transcurrido ese plazo podrán conseguir la residencia permanente. 

Para ello es muy importante que entiendas todos los requisitos para la renovación de la tarjeta comunitaria, que podrás encontrar aquí.

Si se aplica el régimen general de extranjería, la duración del permiso dependerá y estará vinculada a la del reagrupante (la persona que ya estaba en España).

Si, por ejemplo, ella ha obtenido su primera renovación, que es por 2 años, la autorización para el familiar también será válida por 2 años.

CÓMO DEMOSTRAR LA POSESIÓN DE MEDIOS ECONÓMICOS SUFICIENTES

Como vimos en la sección inicial de similitudes, existe la necesidad de demostrar que tú, el solicitante principal o reagrupante en España, dispones de suficientes fondos económicos.

Sin embargo, en un caso la legislación es más estricta que la otra.

Con el régimen comunitario (miembro de la familia de un ciudadano de la UE), demostrar que posees medios suficientes es bastante fácil. 

Únicamente deberás estar trabajando bajo un contrato laboral o ser un trabajador por cuenta propia, sin importar cuánto ganes cada mes. 

Puedes encontrar una guía completa sobre cómo demostrar los medios económicos para la tarjeta comunitaria aquí.

Pero si vas a iniciar el proceso de reagrupación familiar, la cantidad exacta sí importará. Si únicamente vas a traer un familiar a España, deberás demostrar la posesión de un 175% del IPREM (más de 1.000 € al mes). Para cada familiar adicional que reúnas se requerirá un 50% adicional de IPREM.

Puedes acceder a un listado completo con todos los requisitos de la reagrupación familiar aquí.

LOS AÑOS QUE EL REAGRUPANTE VA A TENER QUE LLEVAR VIVIDOS EN ESPAÑA

En el caso de que traigas a tu familia con el proceso de reunificación, el solicitante principal (la persona que no es de la UE que ha obtenido un permiso de residencia en España), debe haber vivido en el país durante al menos 1 año. Si el solicitante principal quiere traer a sus padres, entonces será un mínimo de 5 años.

Para comprobar ese requisito, la oficina de extranjería se fijará en la fecha en la que os hayáis empadronado.

Con el régimen comunitario, las cosas son mucho más fáciles. No se requiere ningún plazo mínimo para el ciudadano europeo para que sus familiares puedan solicitar el visado.

EMPIEZA AHORA Y TRAE TUS FAMILIARES A ESPAÑA

Ahora ya conoces las principales diferencias entre ambos procedimientos. Así, el camino para traer a tu familia a España es mucho más sencillo y claro. Sabes perfectamente por dónde empezar.

Sin embargo, todavía puedes tener ciertas dudas.

Pero nuestro equipo de abogados de inmigración está aquí para ayudarte.

No importa si deseas solicitar permiso como familiar de comunitario o el proceso de reagrupación familiar, estamos aquí para responder a todas sus dudas y gestionar la solicitud legal por ti.

¡Haremos las cosas fáciles para tu familia!

Contacta con nuestros abogados a continuación y deja que nuestros expertos te guíen paso a paso:

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37 respuestas a «Diferencias Entre Reagrupación Familiar y Familiar de Comunitario»

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  1. saludos muy importante todo lo descrito en su pagina. felicitaciones. en mi caso soy español por opcion y pronto viajare a españa. debo llevar a mi hija de nacionalidad venezolana, para q inicie estudios universitarios el proceso de homologacion estudios ya esta en proceso, claro falta preinscripcion. en univs. que debo hacer para que se nacionalice española

  2. Hola Domingo,

    Mándanos un mail y te guiaremos paso a paso, ya que explicarte el proceso por aquí no permite espacio suficiente.

    ¡Un saludo!

  3. hola buenas noches quisiera poder hablar con algun abogado soy de la union europea española específicamente y leyendo el articulo me queda claro muvhas cosas lo que si es que quisiera saber otros detalles y adicional si hacen el tramiten y su costo

  4. Hola buenas dias,acaban de concederme la nacionalidad española,queria sabar que va pasar con mi mujer que tiene una tarjeta de larga duracion,tendra que cambiarla tarjeta comunitaria y en su caso que tipo de tarjeta comunitaria, inicial o permanente.

  5. Si su mujer ya tiene la larga duración, solamente debe ir renovándola cada 5 años.

  6. Hola quero saber que requisitos para solicitar me mujer el visado de familiar comunitario soy español .es necesario que el matrimonio esta reconocido por el registro civil antes de solicitar el visado ? O no
    Porque el visado de regubacion familar se lo exige no!!!
    Saludos cordiales

  7. Me gustaría traer mi madre. Que tiene casi 65 años. Soy español. Vivo en comunidad de aragon.

  8. hola una consulta
    pidiendo la tarjeta comunitaria (en el caso que la den) se puede trabajar obteniendo dicha tarjeta o hay que hacer otro tramite para eso u otra solicitud para trabajar.
    de antemano mucha gracias.

  9. Debe tramitar la residencia como familiar de ciudadano de la UE. Para ello, su madre debe tener 65 años y demostrar que es económicamente dependiente de usted.

  10. La tarjeta de residencia comunitaria autoriza a trabajar. Así que no se ha de solicitar nada más si se la conceden.

  11. Hola buenos dias .
    Quisiera saber si yo siendo español ya.
    Puedo reagrupar a mi hermano (30 años ).
    Que se encuentra en Túnez?
    El depende de mi económicamente .
    (Lo puedo demostrar mediante recibos)
    Vivo en una vivienda adecuada con mi mujer española .tenemos los dos trabajo fijo .(nominas ,contrato,declaración de la renta etc..)
    Seria posible traerle y que le concedan el visado?(bajo el supuesto de la familia extensa).
    Donde se inicia el proceso ?aqui en Extranjería?
    O habra que mandarle a el toda la documentación a Túnez para que con esos documentos pueda solicitar el visado?
    Gracias! Un saludo!

  12. Solamente se puede intentar traer a su hermano como dependiente suyo con el trámite de familiar de comunitario por familia extensa. No obstante, es muy complicado que lo pueda traer así por la situación que nos describe.

    Lo mejor es que haga un visado independiente.

  13. Como Comunitario, entonces puedo gestionar las tarjetas de residencia de mi esposa y sus hijos menores bajo su custodia, solo presentando mi contrato de trabajo? no hay una cantidad de dinero especifica que demostrar?

    Gracias anticipadas

  14. Quisiera saber asta qué edad se puede Reagrupar un hijo en el régimen comunitario gracias

  15. Hola,buenos días mi mamá ya es cuidadana española( cubana) aora actualmente se encuentra en territorio español solo ace 4meses,yo soy cubano,casado y un hijo menor de edad,dependemos de ella económicamente.la pregunta seria que tiempo tendria que enviarme dinero para poder acerme la reagrupacion familiar? ?podria ser a mi esposa y hijo?Tiene trabjo solo que no es contrato podría contar con ese requisito?sera bien 200€es lo que me sostiene aqui en cuba.Gracias

  16. Se puede tramitar la tarjeta de familiar de comunitario para hijos hasta los 21 años.

  17. La reagrupación familiar solamente se puede hacer respecto a hijos menores de edad. Si usted ya está casado, su madre no lo puede reagrupar.

  18. Hola. Mi padre es chileno pareja de hecho de española, con unión inscrita en el ayuntamiento, tiene residencia y ciudadanía solicitada hace 3 años. Yo soy chileno tengo 34 años Con unión civil y quiero viajar a españa a estudiar y radicarme. Puede mi padre solicitar unificación con régimen comunitario? Requiere tener la ciudadanía primero? Es más fácil obtener visa de estudiante?
    Gracias por su pagina y la orientación.

  19. Hola.mi esposo es Español.ya tengo mi visado.soy cubana familiar UE.obtenido 14 d frebrero .por e de ala pandemia no he podido ir .la pregunta es .. Habra porrogas d visas .temdriamos a volver a sacar cita .em caso q se vensa el tiempo d visado por la covid.gracias

  20. Siendo mayor de 21 años no se puede pedir la residencia como familiar de comunitario al tener su padre la residencia por estar casado/pareja de hecho con una ciudadana española.
    Debería solicitar otro tipo de visado como el de estudiante.

  21. Hola. Tengo la nacionalidad española hace más de 10 años ,me gustaría traer mi hermana desde Brasil cómo familiar de residente comunitario. Ella tiene una niña pequeña y está legalmente casada aunque no convive con su marido. Yo le ayudo económicamente. Es posible solicitar la tarjeta de familiar de comunitario con esa situación?

  22. En teoría los visados caducados durante el Estado de Alarma se han prorrogado automáticamente. Lo mejor es que contacte directamente con la Embajada de España en La Habana para preguntar sobre su caso concreto.

  23. Mi esposo es ciudadano español y yo cubana mi situnción aun es irregular ,tengo un hijo en Cuba d 19 años ,quería saber si mi esposo puede iniciar proceso como familiar de comunitario ya que el no es su papá, aún no hemos podido inscribir nuestro matrimonio en el registro español puesto q fueron canceladas las citas por la pandemia, tenemos una niña d 5 años ciudadana española también. Gracias

  24. No, no se puede solicitar el familiar de comunitario para hermanos. Ella debería venir con una residencia independiente.

  25. Al ser su esposo español, usted y su hijo menor de 21 años pueden solicitar la residencia como familiar de comunitario. No obstante, el hijo lo ha de solicitar junto a usted.

  26. Hola hace poco obtuve la tarjeta de residencia quisiera saber qué necesito para traer Ami hijos aqui a España son menores de edad

  27. Hola saludos, tengo una duda soy familiar ciudadano de la unión y ya tengo 4 años residiendo en España legalmente, quisiera traer a mis padres y quería saber cual es el trámite que debo iniciar para poder traerlos muchas gracias….

  28. Para poder valorar cuál sería su mejor opción, lo ideal sería poder tener una consulta con usted para que uno de los abogados la asesore teniendo en cuenta su caso. Puede enviar un email a [email protected] para agendarla.

  29. Para poder valorar cuál sería su mejor opción, lo ideal sería poder tener una consulta con usted para que uno de los abogados la asesore teniendo en cuenta su caso. Puede enviar un email a [email protected] para agendarla.

  30. Buenas tardes, soy ciudadano español y llevo más de 10 años aquí. Tengo a mi madre en Cuba y necesito traerla a vivir aquí cuanto antes porque ya tiene 78 años y necesita cuidados. Ya no puede vivir sola. Soy médico, mi esposa también y tenemos trabajo estable. ¿Me pueden orientar sobre qué debo hacer?

  31. Buenas tardes mi esposo es ciudadano español el crió a mi hijo desde la edad de 2 años el tiene 22 años de edad actualmente y aun vive con nosotros, queremos migrar a España con nuestro hijo como puedo hacer para que el pueda obtener la entrada sin problemas.
    Muchas Gracias…

  32. Hola buenas tardes, me gustaría saber como puedo hacerle el permiso de residencia a mi hijo de 16 años. Yo llevo 4 años en España y tengo permiso de residencia por matrimonio ya que mi marido es español, tenemos 5 meses de casados ( juntos mas) y mi hijo tiene un año de estar aquí, mi permiso de residencia me lo dieron en octubre. En este caso, que procedimiento debo seguir para hacerle el permiso a mi hijo? Espero puedan responderme. Gracias.
    Saludos!

  33. Deseo realizar visado como familiar comunitario para mi madre, estoy casado con ciudadana comunitaria (española). Quien realiza y desde donde se realiza el tramite (mi madre mayor de 65 años en Venezuela ) o mi esposa o yo desde Pais Vasco, supongo en la subdelegacion de gobierno.? Luego del visado como familiar de ciudadano europeo, que debo hacer, tramitar la tarjeta. Me gustaria conocer sus impresiones al respecto. gracias

  34. Para poder valorar cuál sería su mejor opción, lo ideal sería poder tener una consulta con usted para que uno de los abogados la asesore teniendo en cuenta su caso. Puede enviar un email a [email protected].

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