Tarjeta de residencia de familiar comunitario en España

Autorización de residencia y trabajo por 5 años para familiares no europeos de ciudadanos de la Unión Europea, conocida como tarjeta comunitaria.

  • Válida 5 años y renovable
  • Trabaja por cuenta ajena o como autónomo
  • Solicítala desde España en los 3 meses tras tu llegada
  • Residencia permanente a los 5 años

¿Dudas con tu tarjeta comunitaria?Nuestros abogados de extranjería te guiarán paso a paso.

Respuesta rápida garantizada 24/7

¿Qué es el permiso de residencia por familiar comunitario?

El permiso de residencia por familiar comunitario, o tarjeta de residencia por familiar comunitario, es un tipo de permiso de residencia que permite a los extranjeros que no sean de la UE, del EEE o de Suiza, y que tengan un familiar de uno de estos países, obtener un permiso de residencia en España válido por 5 años.

Esta autorización de residencia les da derecho a vivir y trabajar en el territorio español al igual que su familiar de la UE, del EEE o de Suiza, ya sea por cuenta ajena o como autónomo, y permite acceder a la residencia permanente pasados 5 años.

También se conoce como tarjeta comunitaria, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o, de forma coloquial, NIE de familiar comunitario.

¿Tu familiar es español? El procedimiento cambió en mayo de 2025

Ten en cuenta que, desde mayo de 2025, este procedimiento específico (Real Decreto 240/2007) solo se aplica si tu familiar es ciudadano de un país de la UE, del EEE o de Suiza que no sea España. Si tu familiar es español, deberás solicitarlo mediante un procedimiento nacional diferente: la tarjeta de familiar de ciudadano español (modelo EX-24, Real Decreto 1155/2024). Te lo explicamos en nuestra guía para familiares de españoles.

Requisitos para la tarjeta comunitaria

Permiso de residencia de 5 años para extranjeros familiares de ciudadanos de la Unión Europea en España. Estas son las cuatro condiciones que debes cumplir.

Tener un familiar europeo

Si eres familiar de un ciudadano de la Unión Europea, del EEE o de Suiza que vive en España, podrás conseguir la residencia en España.

Pueden solicitarla el cónyuge o pareja registrada, los hijos menores de 21 años (o mayores a cargo), los padres a cargo y, en algunos casos, la familia extensa.

Ver qué familiares pueden solicitarla

Disponer de medios suficientes

Es un requisito indispensable que el ciudadano de la UE tenga contrato de trabajo, sea autónomo o disponga de fondos económicos suficientes y seguro médico para toda la familia.

Cómo acreditarlo

Únete a tu familiar

Vas a tener que acompañar o reunirte con tu familiar nacional europeo, con el que solicitas este permiso, y vivir con él en España.

Demuestra la relación

Finalmente, deberás demostrar que realmente eres familiar del ciudadano de la UE para conseguir el permiso, con documentos oficiales legalizados y traducidos cuando sea necesario.

  • Certificado de matrimonio
  • Certificado de pareja registrada
  • Certificado de nacimiento
  • Prueba de dependencia
Ver todos los documentos

Familiares que pueden solicitar la tarjeta comunitaria

¿Eres un ciudadano de fuera de la Unión Europea que quiere conseguir el permiso de residencia en España? Entonces, si eres familiar de un ciudadano de la UE o has constituido pareja de hecho o matrimonio con un ciudadano de la Unión Europea, puedes empezar a vivir y trabajar legalmente en España.

Conseguir la residencia en España a través de tu familiar comunitario es una de las formas más rápidas de empezar a residir legalmente en el país durante un largo periodo de tiempo.

Este procedimiento concede a los familiares extranjeros de ciudadanos de la Unión Europea una autorización de residencia y trabajo con los mismos derechos que los nacionales de la UE.

Consulta a nuestros abogados Revisamos tu caso y te decimos
qué vía encaja con tu familia.

¿Cuáles son exactamente los familiares que pueden solicitar este permiso?

Estos son los familiares de un ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza que tienen derecho a solicitarlo.

Familia directa Tarjeta comunitaria

  • CónyugeTras la constitución del matrimonio, siempre que no exista separación legal ni divorcio.
  • Pareja registradaPareja de hecho inscrita en un registro público de un país de la UE o del EEE.
  • HijosHijos del ciudadano de la UE o de su cónyuge o pareja, menores de 21 años o mayores que vivan a su cargo.
  • Padre o madreDel ciudadano europeo o de su cónyuge o pareja, siempre que vivan a su cargo.

Familia extensa Según cada caso

  • Pareja estable no registradaComo caso excepcional, si podéis acreditar al menos 12 meses de convivencia o tenéis un hijo en común.
  • Familiares a cargo del ciudadano europeoCualquier familiar que en el país de origen esté a cargo del ciudadano europeo o conviva con él.
  • Familiares que necesitan su cuidadoMiembros de la familia que estén a cargo del ciudadano comunitario por motivos graves de salud o discapacidad. Más información sobre la familia extensa.

¿Todavía no estáis registrados como pareja?

También te ayudamos con todos los trámites legales para registrar vuestra pareja de hecho en España y, después, solicitar tu tarjeta comunitaria.

Consulta a nuestros abogados

¿Cómo solicitar la tarjeta comunitaria?

La solicitud se presenta en España, ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde vas a residir. Así es el proceso desde que presentas tu solicitud hasta que recoges tu tarjeta.

3 meses desde tu entrada en España para presentar la solicitud.
  1. Presenta la solicitud

    Existen dos opciones para presentar la solicitud con el modelo EX-19 y toda la documentación:

    Presencial, con cita previa

    • Pide cita previa en la Oficina de Extranjería que te corresponda.
    • Acude personalmente el día indicado con toda la documentación.

    TelemáticaRecomendada

    • Accede a la Plataforma Mercurio con tu certificado digital.
    • Rellena el formulario y adjunta la documentación, sin acudir a ninguna oficina.
  2. Guarda el resguardo

    Una vez enviada la solicitud, recibirás un resguardo oficial. Este documento confirma que tu trámite se ha presentado correctamente, acredita tu estancia legal mientras se resuelve y te permite seguir el estado de la solicitud por internet.

  3. Espera la resolución

    La Oficina de Extranjería tiene un plazo de 3 meses para revisar y resolver tu solicitud. Si pasado este tiempo no recibes respuesta, el trámite se considera desestimado por silencio administrativo.

    Sin embargo, muchas oficinas acumulan retrasos, por lo que la falta de respuesta inmediata no siempre significa una denegación. Mientras tanto, puedes consultar el estado de tu expediente online con el resguardo.

  4. Huellas y recogida de la tarjeta

    Con la resolución favorable, pide cita para la toma de huellas, abona la tasa 790, código 012 y, pasadas unas semanas, recoge tu tarjeta de residencia de familiar comunitario.

¿Prefieres que la presentemos por ti?Presentamos tu solicitud de forma telemática, sin que necesites certificado digital ni cita previa.

Consulta a nuestros abogados

Documentación para la tarjeta comunitaria

Estos son los documentos que debes presentar para conseguir tu tarjeta de residencia de familiar comunitario. Márcalos a medida que los tengas preparados.

0de 0 documentos preparados

Del familiar que solicita la tarjeta

Del ciudadano de la UE

Medios económicos según su situación

Importes y ejemplos en nuestra guía de medios económicos para la tarjeta comunitaria →

Documentos extranjeros: legalizados y traducidosLos certificados emitidos fuera de España deben estar legalizados o apostillados y, si no están en español, contar con traducción jurada.

Consulta a nuestros abogados

¿Qué ganarás solicitando tu tarjeta comunitaria con nosotros?

  • Contigo de principio a fin

    Te guiaremos durante todo el proceso, acompañándote desde el inicio de la solicitud hasta que consigas tu permiso de residencia como familiar de comunitario.

  • Solo tendrás que firmar

    Nosotros nos encargaremos de rellenar por ti toda la documentación necesaria y enviarla a las autoridades competentes.

  • Traducciones incluidas

    Nos encargaremos de la traducción al español de todos los documentos jurídicos, tanto de la tarjeta comunitaria como de la pareja de hecho.

Lo que nuestros clientes opinan de nosotros

Contigo de principio a finTe ayudamos a registrar tu pareja de hecho con cita rápida y solicitamos por ti la tarjeta comunitaria.

Consulta a nuestros abogados
Abogado de extranjería asesorando a una pareja sobre la renovación de su tarjeta comunitaria
Asesoramiento continuoTambién después de conseguir tu tarjeta

También te ayudamos con la renovación y la residencia permanente

Después de los primeros 5 años viviendo en España con esta tarjeta, deberás renovarla o, según tu caso, solicitar la residencia permanente. Los requisitos son básicamente los mismos: debes demostrar que el lazo familiar con el ciudadano europeo sigue vigente y que se dispone de medios económicos suficientes.

Tarjeta inicial
5 años
Tarjeta permanente
10 años
Formulario
EX-19, como renovación

Casos concretos a tener en cuenta

  • ¿Qué sucede si el ciudadano de la UE fallece?
  • ¿Y si te divorcias o cancelas la pareja de hecho? Puedes mantener tu tarjeta en muchos casos.
  • ¿Has pasado demasiado tiempo fuera de España? Revisa el tiempo máximo permitido.

Cómo te ayudamos

  • Te avisamos de los plazos para que no se te pase la fecha.
  • Revisamos que cumplas todos los requisitos.
  • Presentamos la solicitud por ti.
  • Te ayudamos a cambiar a otro permiso si tu situación cambia.
Guía completa: cómo renovar la tarjeta comunitariaRequisitos, documentos, plazos y cita para renovar.

¿Te toca renovar pronto?Nos encargamos de todo el trámite para que sigas viviendo en España sin interrupciones.

Consulta a nuestros abogados

Preguntas frecuentes sobre la tarjeta comunitaria

Respuestas rápidas a las dudas que más nos plantean nuestros clientes antes de solicitar la tarjeta de familiar comunitario.

¿Es lo mismo la tarjeta comunitaria que la reagrupación familiar?

No. Ambos procedimientos acaban con un resultado similar (traer a tus familiares a España), pero están regulados por normas diferentes.

La tarjeta comunitaria se rige por el Régimen Comunitario (Real Decreto 240/2007) y se aplica a familiares de ciudadanos de la UE, del EEE o de Suiza. La reagrupación familiar se rige por el Régimen General de extranjería y se aplica a familiares de extranjeros no comunitarios, con requisitos más estrictos, como un tiempo mínimo de residencia previa y unos ingresos mínimos.

¿Puedo solicitarla si he entrado en España como turista?

Sí. El familiar del ciudadano de la Unión Europea dispone de 3 meses desde su entrada en España para presentar toda la documentación en la Oficina de Extranjería.

Una vez presentada la solicitud, recibirás un resguardo que garantiza tu estancia legal hasta que obtengas la tarjeta.

Si por tu nacionalidad necesitas visado para entrar en España, el consulado debe tramitarlo de forma gratuita y por un procedimiento acelerado, al tratarse del familiar de un ciudadano de la UE.

¿Puedo trabajar con la tarjeta comunitaria?

Sí. La tarjeta te permite vivir y trabajar en España por cuenta ajena o como autónomo, con los mismos derechos que tu familiar de la UE. No necesitas un permiso de trabajo aparte.

¿Cuánto tarda la tarjeta comunitaria?

La Oficina de Extranjería tiene un plazo de 3 meses para revisar y resolver tu solicitud. Sin embargo, muchas oficinas acumulan retrasos, por lo que la falta de respuesta inmediata no siempre significa una denegación.

Tras la resolución favorable, tendrás que pedir cita para la toma de huellas y recoger la tarjeta física. Consulta el proceso paso a paso o los tiempos de resolución de extranjería.

¿Cuánto cuesta tramitar la tarjeta comunitaria?

La solicitud en sí no tiene tasa asociada, pero la expedición de la tarjeta física conlleva el pago de la tasa 790, código 012, que se abona antes de la cita de huellas.

Si además quieres que un abogado se encargue de todo el trámite, los honorarios dependerán de tu caso. Cuéntanos tu situación y te daremos un presupuesto cerrado.

¿Qué pasa si me deniegan la tarjeta comunitaria?

Si tu solicitud es denegada, puedes presentar un recurso de reposición ante el mismo órgano o un recurso contencioso-administrativo. Te lo explicamos en nuestra guía de recursos de extranjería.

Los motivos más habituales de denegación son:

  • La falta de acreditación de medios económicos suficientes.
  • Un seguro médico no válido.
  • Pruebas insuficientes del vínculo familiar o de la convivencia.

¿Si me divorcio o cancelo mi pareja de hecho pierdo la residencia?

No necesariamente. Siempre y cuando cumplas con los 2 requisitos siguientes, podrás divorciarte o cancelar tu pareja de hecho y seguirás manteniendo tu tarjeta como familiar de ciudadano de la Unión:

  • Haber convivido con tu pareja durante, por lo menos, 3 años.
  • Que de esos 3 años, por lo menos uno haya sido en España.

¿Y qué sucede si no llegáis a esos tres años? Existen 4 supuestos que te permitirían seguir manteniendo tu tarjeta. Los encontrarás en nuestra guía sobre cómo mantener la tarjeta comunitaria tras un divorcio.

¿Es válido mi matrimonio registrado en el extranjero?

Eso depende enteramente del país de origen del ciudadano europeo. Es decir, si has registrado tu matrimonio en un país extracomunitario, debes comprobar si el país del ciudadano europeo está dentro de esta lista.

Si es así, la unión legal será totalmente válida y solo tendrás que legalizarla o apostillarla. En caso contrario, deberás inscribirlo primero en el país de la UE de tu familiar.

¿Cuánto tiempo puedo pasar fuera de España con la tarjeta?

Para mantener tu residencia, debes vivir en España al menos 6 meses al año. Las ausencias más largas pueden romper la continuidad de tu residencia y afectar a la renovación o a la residencia permanente.

Más detalles sobre el tiempo máximo fuera de España sin perder la residencia.

¿Y si mi familiar es español?

Desde mayo de 2025, la tarjeta comunitaria (modelo EX-19) solo se aplica a familiares de ciudadanos de la UE, del EEE o de Suiza que no sean españoles. Si tu familiar es español, debes seguir el procedimiento de familiar de ciudadano español (modelo EX-24, Real Decreto 1155/2024). Te lo explicamos en nuestra guía para familiares de españoles.

Da el siguiente paso

Estás a un paso de conseguir tu tarjeta comunitaria en España

Contacta con nuestro equipo de abogados de extranjería y disfruta de un proceso sencillo y sin complicaciones, desde la solicitud hasta la recogida de tu tarjeta.